Declaración de la Renta individual vs conjunta

La Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de elegir declarar la renta de forma individual o conjunta a matrimonios y parejas de hecho. No existe una formula mejor o peor sino que depende de las circunstancias de la pareja.

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Tributar de forma individual implica la separación de todas las rentas (trabajo, actividades económicas, etc) y patrimonio, por lo que la primera declaración optando por esta vía puede implicar unas cuantas horas de preparación.

Los puntos más típicos sobre los que suelen aparecer dudas son:

- Hipoteca: Es uno de los ejemplos más claros en los que interesa tributar de forma individual ya que de esta forma cada contribuyente tiene derecho a una deducción de 9.015 euros, mientras que tributando de forma conjunta los 9.015 euros son en total, es decir, 4.507 euros cada uno.

- Cuentas corrientes, depósitos y cuentas de valores: Tributando de forma individual cada uno tributaría por las que estuviesen a su nombre más por el 50% de las que estuviesen a nombre de los dos. Tributando de forma conjunta todo iría al 50%.

- Pérdidas patrimoniales y minusvalías: En este caso interesa presentar la declaración de forma conjunta ya que se permite compensar con las bases liquidables generales negativas.

- Seguros y planes de pensiones: Algo parecido a las cuentas corrientes, cada contribuyente tributaría por los que fuera beneficiario en el caso de tributación individual y al 50% de forma conjunta.

Como norma general la declaración conjunta del IRPF suele ser más interesante cuando uno de los cónyuges o de los miembros de la pareja no supera el mínimo personal.

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This post was written by zanalyst on February 9, 2010

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Los impuestos de los futbolistas extranjeros en España

España es el chollo fiscal para futbolistas extranjeros, los futbolistas que quieran jugar en la liga española tributan al 24%, cuando cualquier contribuyente español con un salario semejante tributaría al 43%, hasta un máximo de 6 años.

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El régimen especial para personas que por desplazamiento laboral adquieran la residencia fiscal en España, existe desde 2004. Han de cumplir una serie de requisitos, como no haber sido residente fiscal en los 10 años anteriores al año de desplazamiento y que el empleo se desarrolle en España. La aprobación de la norma coincidió con la llegada de Beckham al Madrid, por lo que es conocida como la Ley Beckham, aunque realmente el motivo de la aprobación fue promover la entrada de empresas, directivos y profesionales extranjeros en España. No hay más que ver los números, con el mismo sueldo bruto que un contribuyente español, un futbolista extranjero tendría un neto superior en un 33%.

En otros países existen beneficios similares pero inferiores:

- En Holanda el 30% del salario de los expatriados está exento de tributar durante 10 años.

- En el Reino Unido las rentas de los expatriados tributan a tipos progresivos, siendo el tipo marginal del 40%, aunque se ha anunciado que lo subirán al 50%, si bien pueden tributar como residentes no ordinarios los 3 primeros años.

- En Francia coinciden con los británicos en los tipos progresivos y marginales con ciertas exenciones para las rentas generadas fuera de territorio francés.

Lo habitual es que los jugadores pacten un sueldo neto de impuestos y costes de la Seguridad Social, por lo que al final se reparten los beneficios fiscales, el jugador sabe que puede pedir más que en otros países y los clubes pagan menos impuestos.

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¿Que es importante para decidirse por un depósito?

¿Que factores hay que considerar a la hora de decidirse a contratar un depósito?

1. ¿Cuando remuneran?

Puede ser por anticipado, mensualmente, trimestralmente o a la finalización, dependiendo del momento la rentabilidad es mayor o menor, ya que si disponemos de una renta al inicio de la vida del producto podríamos reinvertirla y obtener una rentabilidad superior.

2. ¿Como remuneran? ¿En Especie o en efectivo?

Sea como sea conviene transformar siempre al valor absoluto de la moneda en concreto, cuando por ejemplo un depósito remunera con un producto de moda (Wii, Ipod, TV…) el valor real suele ser muy inferior a la rentabilidad que nos podría ofrecer un depósito estandar, y podría merecer la pena buscar uno que remunere en efectivo y comprar el producto que nos interese, lo más seguro es que nos sobrase parte de la remuneración.

3. ¿Como tributan?

Simplemente como dato, al 18% de lo percibido en intereses.

4. ¿Como se calcula la TAE?

Más que calcular la TAE la cuestión es homogeneizar las rentabilidades de distintos plazos, bien pasando la rentabilidad a base anual o a base mensual. La rentabilidad mensual sería el capital invertido por la TAE anual por 100 entre 12.

5. ¿Que pasa si se amortiza anticipadamente?

Normalmente lleva una penalización, por lo que ojo al largo plazo y a planificar antes de contratar un depósito.

6. ¿Como negociar?

Normalmente las promociones son para nuevos clientes, pero amenazando con contratar una promoción similar en otra entidad se suelen conseguir. Por otra parte dependiendo de los productos que se contraten en una misma entidad se suelen mejorar las condiciones.

7. Comisiones

Al igual que los impuestos hay que tenerlas en cuenta a la hora de valorar la rentabilidad del depósito, aunque en este caso dependen de la entidad.

8. Promociones

Suelen ofrecer condiciones efímeras, ya que su objetivo es captar nuevos clientes.

9. Requisitos de vinculación

Cuando una entidad exige la contratación de productos adicionales empeora la rentabilidad del depósito, ya que por la contratación independiente de cada uno de ellos se suele bonificar al cliente, por lo que para comparar un depósito con requisitos de vinculación con otro que no los tenga, habría que valorar como se remuneran los productos adicionales y deducirlo de la rentabilidad del depósito.

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Indemnización por despido

La indemnización por despido se calcula multiplicando el salario diario por los días remunerados al año por los años trabajados. Pero conviene saber en que consiste la indemnización y como tributa ya que Hacienda nos puede dar más de una sorpresa.

Dias remunerados por año trabajado

- Despido improcedente: 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades, esta indemnización también procede cuando se realiza una resolución unilateral a iniciativa del trabajador por causa justa.

- Despido objetivo improcedente: 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades, cuando el contrato se acoge al plan de contratación indefinida.

- Despido objetivo o colectivo: 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades, está indemnización también procede en las resoluciones unilaterales a iniciativa del trabajador por una modificación de las condiciones laborales, como un traslado de empresa.

Como tributan las indemnizaciones

Mientras se mantengan por debajo de los límites de mensualidades expuestos en el punto anterior, las indemnizaciones son completamente exentas, pero cuando se acuerdan individual o colectivamente indemnizaciones por encima de los límites, algo muy habitual en los ERE pactados estas tributan por IRPF.

Hay que precisar que la parte de la indemnización que tributa por IRPF es susceptible de una reducción del 40% por tratarse de un rendimiento obtenido de forma irregular. Para que sea aplicable la reducción, el periodo de generación (años trabajados en la empresa) dividido entre el número de ejercicios en que se percibe ha de ser superior a 2. Por lo que cuando se pactan periodos de cobro fraccionados en el tiempo, hay que tener en cuenta que podemos vernos perjudicados.

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This post was written by zanalyst on June 12, 2009

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