Líneas de financiación del ICO

EL Instituto de Crédito Oficial (ICO) cuenta actualmente con las siguientes líneas de ayuda y financiación:

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- ICO PYME: Financiación de inversiones en activos fijos productivos para PYMEs.

- ICO Emprendedores: Creditos preferentes para la creación de nuevas empresas o nuevas actividades profesionales.

- ICO crecimiento empresarial: Muy similar a la línea ICO Pyme pero para importes superiores.

- ICO Internacionalización: Financiación de inversiones de empresas españolas en el exterior.

- ICO Liquidez: Financiación del capital circulante de las PYMEs.

- ICO Liquidez medianas empresas: Muy parecida a la línea ICO Liquidez pero para empresas que por su dimensión no puedan acceder a la misma.

- ICO Moratoria PYME 2009: Financiación de las cuotas de amortización de capital del 2009 para operaciones vivas adscritas a la línea ICO PYME.

- ICO Moratoria hipotecaria: Aplazamiento temporal del 50% de las cuotas hipotecarias de los años 2009 y 2010.

- ICO Vivienda: Para empresas titulares de inversiones inmobiliarias.

- Plan Avanza: Inversiones en tecnología de la información y de las comunicaciones.

- Renta Universidad: Para graduados universitarios que quieran ampliar su formación.

- Permiso de conducir por un euro: Para jóvenes de entre 17 y 25.

- Cinematografía: Para promover la producción y modernizar las salas de exhibición.

- Industrias Culturales.

- ICO mejora sector manufacturero, textil, confección, calzado, muebles, juguetes, curtidos, marroquineria y madera.

- Convenio con el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM).

- ICO ICEX 2009: Apoyo a la exportación y salida al exterior de nuestras empresas.

- ICO Transporte: Para mejorar el transporte público por carretera.

- ICO Equipamiento de parcelas: Para las Comunidades de Regantes.

- ICO Astilleros 2009.

- Lineas regionales.

- ICO Turismo Tramo Público 2009: Para la renovación y modernización de destinos turísticos.

- ICO Renove Turismo 2009.

- ICO Futur-E: Para la mejora y el ahorro energético, ahorro de agua e implantación de nuevas tecnologías en destinos turísticos.

- ICO Plan VIVE Autobuses: Para la sustitución de autobuses de más de 10 años.

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Consulta y recuperación de puntos del carnet de conducir

Existen soluciones a la pérdida de puntos del carné de conducir, dependiendo de si la pérdida es total o parcial y de si las infracciones son consideradas muy graves o no las vías de actuación son unas u otras.

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Curso de recuperación de puntos

Existen dos maneras de recuperar los puntos:

- A través de un curso de sensibilización y reeducación vial de 12 horas lectivas en un Centro concertado con la administración. Este curso solo podrá realizarse cada dos años, excepto para conductores profesionales que podrán realizarlo anualmente. Este curso permite recuperar hasta 4 puntos.

- Mediante el transcurso del tiempo, 2 años sin haber sido sancionado en firme en la vía administrativa por la comisión de infracciones o 3 años si se tratase de infracciones muy graves, permite recuperar la totalidad de los puntos.

Curso de recuperación del permiso de conducir

Han de transcurrir 6 meses para conductores no profesionales y 3 meses para profesionales y es necesario:

- realizar y superar un curso de sensibilización y reeducación vial de 24 horas en un Centro nconcertado con la Administración.

- Realizar una prueba en la Jefatura de Tráfico para confirmar que el conductor ha asumido los contenidos de los cursos. En caso de no superarse en la primera convocatoria el conductor puede presentarse hasta en 2 ocasiones más, que exigirán un ciclo formativo de 4 horas en el centro donde realizó el curso.

Para consultar el saldo de puntos ver el siguiente enlace sin certificado o con certificado.

Más información en la web de la DGT.

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This post was written by zanalyst on October 6, 2009

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Ampliación del permiso de Paternidad

A partir de enero de 2011 el permiso de paternidad se ampliará de 13 días a 4 semanas en casos de nacimiento, acogida o adopción, por lo que se adelanta la medida prevista para 2014.

El coste de la ampliación del permiso no se repercutirá a las empresas sino que lo asumirá la seguridad social, y supondrá una mejora en la conciliación de la vida familiar y laboral, buscando aumentar la implicación de los padres en el cuidado y atención de los niños, y por supuesto evitará que toda la carga recaiga en manos de la mujer, favoreciendo la corresponsabilidad, la colaboración y el derecho de los padres a disfrutar de sus hijos.

La medida ha sido acordada entre CIU y PSOE, despertando el malestar en el PP, quien presentó proposiciones de ley al respecto recientemente y fueron rechazadas en el Congreso, por lo que destaca la incoherencia del PSOE en vísperas de las elecciones europeas.

Indudablemente se trata de una buena noticia para los españoles, aunque sea a costa de añadir un nuevo coste para una frágil seguridad social, y un avance a destacar en la ley de igualdad, quizas económicamente no sea el mejor momento para sacar esta reforma adelante pero socialmente se trata de un gran avance.

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This post was written by zanalyst on June 1, 2009

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Real Decreto para regular las prestaciones de la Seguridad Social por maternidad, paternidad y riesgos durante el embarazo y la lactancia

El Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros regula e integra todas las modificaciones y novedades tanto de la Ley para la igualdad efectiva de Mujeres y hombres de 2007 como de las novedades en materia de paternidad y maternidad de la Ley de Presupuestos Generales para 2009. Los puntos más relevantes son la protección por maternidad, la prestación por paternidad y los riesgos de los periodos de embarazo y lactancia.

Protección por maternidad

- Se aumenta la duración de la prestación en 14 días naturales para los casos de familia numerosa, monoparental, parto múltiple, y para cuando la madre o el hijo tengan un grado de discapacidad superior o igual al 65%.

- El Real Decreto regula la prestación de riesgo durante el embarazo como contingencia profesional, elimina el requisito de cotización previa e incrementa hasta el 100% de la base reguladora.

Prestación por paternidad

Permiso paralelo al de maternidad con una duración de 13 días, que se amplía a 20 días cuando el nacimiento, adopción o acogimiento se produzca en una familia numerosa o en una familia con una persona discapacitada, en cuyo caso el permiso se incrementaría en otros 2 días.

Riesgos de embarazo y lactancia natural

Prioridad para cambiar de puesto de trabajo cuando la actividad desarrollada suponga un riesgo para el embarazo o la lactancia.

Decrechos efectivos

En este Real Decreto se contempla además:

- Las personas que ejerzan la tutela de un familiar que no pueda adoptar, de acuerdo con la legislación civil, podrán disfrutar de las prestaciones por maternidad o paternidad. 

- Autónomos y autónomas pueden percibir las prestaciones de maternidad y paternidad en regimen parcial, compatibilizándolo con la realización de la actividad de forma parcial.

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