Declaración de la Renta individual vs conjunta

La Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de elegir declarar la renta de forma individual o conjunta a matrimonios y parejas de hecho. No existe una formula mejor o peor sino que depende de las circunstancias de la pareja.

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Tributar de forma individual implica la separación de todas las rentas (trabajo, actividades económicas, etc) y patrimonio, por lo que la primera declaración optando por esta vía puede implicar unas cuantas horas de preparación.

Los puntos más típicos sobre los que suelen aparecer dudas son:

- Hipoteca: Es uno de los ejemplos más claros en los que interesa tributar de forma individual ya que de esta forma cada contribuyente tiene derecho a una deducción de 9.015 euros, mientras que tributando de forma conjunta los 9.015 euros son en total, es decir, 4.507 euros cada uno.

- Cuentas corrientes, depósitos y cuentas de valores: Tributando de forma individual cada uno tributaría por las que estuviesen a su nombre más por el 50% de las que estuviesen a nombre de los dos. Tributando de forma conjunta todo iría al 50%.

- Pérdidas patrimoniales y minusvalías: En este caso interesa presentar la declaración de forma conjunta ya que se permite compensar con las bases liquidables generales negativas.

- Seguros y planes de pensiones: Algo parecido a las cuentas corrientes, cada contribuyente tributaría por los que fuera beneficiario en el caso de tributación individual y al 50% de forma conjunta.

Como norma general la declaración conjunta del IRPF suele ser más interesante cuando uno de los cónyuges o de los miembros de la pareja no supera el mínimo personal.

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This post was written by zanalyst on February 9, 2010

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Divorcio online en Brasil

En Brasil se está tramitando en el Senado un proyecto de ley por el que se espera que las parejas casadas sin hijos menores de edad puedan divorciarse online por medio de un click a través de la red, una nueva revolución tras el reconocimiento de las uniones de hecho y las familias monoparentales.

El objetivo de la propuesta es reducir las demoras, discusiones, papeleos, enfados y costes de la separación, además de facilitar los trámites cuando las parejas residen en ciudades, estados o países diferentes.

El divorcio se debe de seguir encaminando a través de un abogado, los plazos y el resto de requisitos legales no se verían afectados (se mantendría la necesidad de probar la separación de hecho durante dos años) y el tribunal seguiría siendo el mismo, lo que cambia es que las partes no estarían obligadas a comparecer ante el juez y se evitaría el desgaste de la audiencia.

Un paso más hacia la digitalización de la justicia, que en Brasil se impulso a través de la ley de marzo de 2007 y que trata de desarrollar sistemas que permitan migrar los procesos en papel a procesos electrónicos.

En la opinión de la senadora Patricia Saboya aunque sería natural que se incrementase el número de separaciones legalizadas, no debería multiplicar el número de rupturas matrimoniales, y debería ser positivo ya que las parejas que se encuentren separadas en su vida cotidiana tengan más facilidades para regularizarse.

Más información en Público.

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This post was written by zanalyst on August 21, 2009

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