Deducción por rehabilitación o reforma de la vivienda habitual

Cuando nos encontramos ante la necesidad de reformar la vivienda habitual hemos de saber que existen deducciones por rehabilitación que han de cumplir una serie de requisitos, ya que no todos los gastos de reforma se pueden desgravar.

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Requisitos

La Agencia Tributaria solo acepta como gastos por reformas fiscalmente deducibles aquellos cuyo fin sea hacer la vivienda habitable.

Las obras han de ser calificadas como actuación protegida en materia de rehabilitación según lo establecido en el Real Decreto 1/2002 del 11 de enero.

Han de tener por objeto la reconstrucción de la vivienda habitual mediante la consolidación o tratamiento de estructuras, fachadas o cubiertas cuando el coste total de las obras exceda del 25% del precio de adquisición (cuando la compraventa se hubiese realizado en los 2 ejercicios anteriores) o del valor de mercado (cuando la adquisición se hubiese realizado con anterioridad).

Cuando las obras vayan encaminadas a adecuar la vivienda a personas con discapacidad la deducción es del 20% según lo establecido en la ley 35, 2006 del 28 de noviembre.

La normativa aprobada por el gobierno el 27 de noviembre de 2009 nos trae las siguientes novedades:

IVA reducido

Se podrá aplicar a las obras de rehabilitación, también a las de fontanería (ahorro de agua), instalación de paneles de energía solar (eficiencia energética) o instalación de rampas o ascensores.

IRPF

- Se amplia el concepto, contemplándose no solo la reforma estructural sino también la funcional.

- Nueva deducción del 10% para obras realizadas antes del 31/12/2012 con un límite de 3.000 euros anuales. Aplicándose los mismos tramos que para la compra de vivienda habitual.

Más información en elPais.

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Tarjeta profesional de la construcción

La Tarjeta Profesional de la Construcción es un requisito con aplicación a partir de 2012 para los trabajadores del sector construcción que avala la formación del trabajador en materia de prevención de riesgos laborales, la experiencia en el sector, la cualificación personal y la formación recibida.

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La Tarjeta Profesional de la Construcción tendrá una validez de 5 años y será necesaria para poder trabajar en una obra a partir del 1 de enero de 2012, actualmente existe un gran número de trabajadores que lo desconocen y que por tanto no han comenzado los trámites necesarios para conseguirla. Es responsabilidad tanto de los empresarios como de los trabajadores que se tomen las medidas necesarias para conseguir la formación, sacrificando parte de las jornadas laborales, como ya han comenzado a hacer algunas empresas.

Requisitos para obtener la TPC y donde solicitarla

Se ha de realizar, al menos, una de las acciones formativas en materia de PRL detalladas aquí, o de haber recibido algún tipo de formación equivalente se ha de validar o acreditar en los puntos de tramitación. Para cualquier tipo de duda o solicitar la TPC también se puede hacer online o llamando al teléfono gratuito 900 11 21 21.

Por otra parte, las entidades que ofrezcan formación relacionada y quieran homogarla deben seguir el siguiente procedimiento.

Más información de la Tarjeta Profesional de la Construcción y Fundación Laboral de la Construcción.

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