Tipos de Contrato de trabajo

Las principales modalidades de contratos laborales son las siguientes:

1. Contrato Indefinido

Se presumen como indefinidos por exclusión de las demás modalidades. De hecho se adquiere la condición de trabajador fijo indefinido, independientemente de la modalidad de contratación, aquellos a los que no se haya dado de alta en la Seguridad Social una vez hubiese transcurrido un plazo igual al que legalmente se hubiera podido fijar para el periodo de prueba, salvo prueba en contra por la temporalidad demostrada de la actividad. Asimismo, se considerarán trabajadores fijos indefinidos aquellos que habiendo sido contratados mediante la modalidad de contrato temporal hubiesen trabajado para la empresa más de 24 meses de un periodo de 30 meses.

Modelos: Código 100 y 150 (tiempo completo) o 200 y 250 (tiempo parcial).

2. Contrato en grupo

Se contratan un conjunto de trabajadores conjuntamente, por lo que el empresario goza de derechos y obligaciones frente a cada uno de los trabajadores. En caso de que el contrato se firme con el conjunto de los trabajadores, estos serán representados po el jefe de grupo.

3. Contrato a domicilio

Para trabajadores que puedan desarrollar su trabajo desde su domicilio o en otro lugar que elijan.

4. Contrato por Obra o Servicio

Contrato para realizar un servicio con autonomía o sustantividad propias. La duración se vincula a la finalización de los trabajos de la obra o servicio objeto del contrato. Este tipo de contratación deriva en indefinida si:

- No queda formalizada por escrito.

- El trabajador no ha sido dado de alta en la Seguridad Social pasado el periodo de prueba.

- Se ha celebrado en fraude de ley.

- El contrato finaliza sin denuncia y se continúa prestando servicios.

Por otra parte estos contratos poseen una indemnización de 8 días por año trabajado a su finalización y en duraciones superiores al año deberá existir un preaviso de 15 días mínimo.

modelo: Código 401 (tiempo completo) y 501 (tiempo parcial).

5. Contrato eventual por circunstancias de producción

El objeto de esta modalidad es atender a incrementos puntuales de la actividad aún tratándose de la actividad normal de la empresa. Deberán formalizarse por escrito si la duración es superior o igual a 4 semanas.

La duración máxima es de 6 meses, permite una prorroga y la duración total no podrá superar los 9 meses. Asimismo existe una indemnización de 8 días por año trabajado en el momento de la finalización.

Modelo: Código 402 (tiempo completo) y 502 (tiempo parcial).

6. Contrato de Interinidad

Contrato para sustituir a otro trabajador que tenga el contrato en suspenso con derecho a reserva de su puesto o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo. La duración se limita a la reincorporación del trabajador sustituido.

Modelo: Código 410 (tiempo completo) y 510 (tiempo parcial).

7. Contrato Fijo-Discontinuo

Para cubrir trabajos fijos de la actividad normal de la empresa que no se repiten en distintos momentos.

Modelo: Código 300 (no bonificado) y 350 (bonificado).

8. Contrato en Prácticas

Ver información en el siguiente enlace.

9. Contrato para la formación

Para trabajadores de entre 16 y 21 años. Un 15% de la jornada máxima debe destinarse a formación teórica. La duración debe ser de entre 6 meses y 2 años, y la retribución nunca inferior al SMI.

Modelo: Código 421.

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Calendario del contribuyente 2010

Ya está disponible el calendario del contribuyente del 2010 de la Agencia Tributaria, herramienta de gran utilidad para planificar el efercicio fiscal y nuestras obligaciones con hacienda, ya que nos informa con un detalle por meses de las liquidaciones que tenemos que presentar y los plazos y fechas que tenemos que cumplir.

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En el Calendario del contribuyente del 2010 de la Agencia Tributaria se incluyen una serie de novedades respecto al del ejercicio 2009 que conviene conocer cuanto antes, las más relevantes son las siguientes:

Modelo 159: Declaración informativa anual de consumo de energía eléctrica, cuya entrada en vigor fue el 1 de enero de 2010.

- Modelo 340: Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA y del IGIC, que aplicará durante 2010 solo a los sujetos pasivos inscritos en el REDEME, para el resto la obligación se pospone a 2012.

- Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, de presentación mensual si se superan los 100.000 euros en entregas de mercancías y prestaciones de servicios en 2009.

- Modelo 190: Modificación del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.

- Modelo 392, desaparece el Resumen anual de IVA para Grandes Empresas, todos los sujetos pasivos deberán presentar el modelo 390.

Cabe matizar que cuando la fecha de vencimiento del plazo de presentación coincida con festividades locales o autonómicas, el plazo finalizará el primer día hábil siguiente al señalado en el calendario.

Se trata de un resumen de todo lo referente a la presentación de impuestos para el ejercicio 2010 en España indispensable y muy completo, con explicaciones de cada modelo, detalles de los que exigen presentación telemática, detalles de los sujetos pasivos, etc.

Más información en el calendario del contribuyente del 2010 de la Agencia Tributaria, o en el teléfono 901 33 55 33 .

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Gana dinero con publicidad en tu vehículo

Ganar dinero incluyendo publicidad en nuestro vehículo es una alternativa cada día más demandada, se pueden llegar a ganar cantidades mensuales superiores a la letra del coche por anunciar una marca en nuestro coche o cantidades algo inferiores por anunciar formatos más pequeños de publicidad, no todo el mundo va a estar dispuesto a llevar una lata de red bull en pleno Madrid por lo que hay opciones más discretas.

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Los ingresos dependen del tipo de vehículo (con las motos también podemos ganar dinero), el modelo (los smarts son muy dados a esta publicidad), la antigüedad, la zona (las grandes ciudades son más rentables), el tamaño del anuncio y de la empresa que nos gestione este tipo de publicidad.

Existen muchas empresas especializadas, entre ellas destacan:

- Vistamotion: Con publicidad integral (ocupando toda la carrocería) se pueden llegar a ganar 320 euros al mes.

- Serbecar: Para coches de menos de 5 años de antigüedad que recorran un mínimo de kilómetros.

- Publimovida: Con campañas de publicidad a medida para llevar durante el día o durante la noche.

- Publicidadencoches.com: Un dinero extra a la vez que se entra a formar parte de una comunidad de propietarios de coches.

Aunque no solo hay que contemplar los vehículos como un soporte para publicitar a terceros a cambio de una remuneración, también podemos promocionarnos a nosotros mismos o a nuestra empresa. Existen numerosas empresas dedicadas a diseñarnos publicidad personalizada como:

- Vistaprint: Personalización y rapidez en la creación del diseño.

- Imaengine: Envían los bocetos sobre un vehículo virtual.

Más información en espaciocoches.

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This post was written by zanalyst on November 23, 2009

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El nuevo sistema autonómico

¿Que es el modelo de financiación autonómica y como nos afecta?

El modelo de financiación autonómica define la distribución de los ingresos tributarios entre las CCAA. Afecta a los ciudadanos en la medida en la que las Comunidades Autónomas gestionan los servicios sociales como la sanidad o la educación.

¿Que implicación tendrá para las CCAA la reforma y porque se ha reformado?

El modelo vigente hasta ahora partía de datos de 1999 y era necesaria una reforma que recogiese las variaciones poblacionales, al margen de las presiones ejercidas por Cataluña, supuestamente debería beneficiar a aquellas CCAA que más ha crecido, como Madrid o Baleares.

¿Como será y funcionará el nuevo modelo de financiación autonómica?

A través de 3 fondos, el principal, el fondo de garantía de servicios públicos fundamentales gestionará el 80% de los ingresos tributarios. Por otra parte el fondo de suficiencia garantizará la financiación de las competencias transferidas y el fondo de convergencia velará por reducir las diferencias de financiación por habitate y por beneficiar a las CCAA con menor renta per cápita, como Galicia o Cantabria.

¿Que se tiene en cuenta para repartir los ingresos tributarios entre las comunidades?

Por supuesto la población, aunque ponderada por edades, ya que son más costosos los menores de 16 años por la inversión en educación o los mayores de 65 años por su mayor inversión sanitaria, la denominada población protegida.

¿En que consiste el nuevo término “nivelación parcial”?

En limitar la solidaridad entre comunidades, de los ingresos autonómicos el 75% se distribuye y el 25% se retiene en las comunidades.

¿Que comunidades saldrán más beneficiadas?

La mayor financiación per cápita será para Extremadura, Cantrabria o Asturias como se producía anteriormente, Cataluña mejorará claramente su posición y Madrid, Valencia, Canarias y Murcia se situarán bajo el promedio.

¿Como afectará a los contribuyentes?

Las autonomías podrán modificar el número de tramos, los tipos y los mínimos personales y familiares en el IRPF.

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