Ley Antitabaco, medidas para el 2010

Queda muy poco para que entren en vigor las medidas de la Ley Antitabaco, según la Ministra Trinidad Jiménez se tiene previsto que entren en vigor a lo largo de 2010. La intención de esta nueva ley es que se prohiba completa y definitivamente fumar en locales públicos cerrados.

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La noticia ha provocado un gran revuelo, ya que hace 3 año, cuando entró en vigor la ley antitabaco se obligo a hacer reformas en muchos locales, y ahora, con las inversiones a medio amortizar se exige la prohibición total. Asociaciones como la Federación Española de Hostelería (FEHR) o la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) han sido las primeras en saltar.

Desde luego es algo que tenía que acabar ocurriendo, posiblemente no venga en el mejor momento, pero el problema está en como se enfocó la ley del tabaco desde el principio. Si desde el primer momento se dan unos plazos para llegar a la prohibición total no se habría armado tanta crispación, el fallo ha sido exigir a los dueños de locales invertir para adecuarlos y después pasar a la prohibición total de repente en uno de los peores momentos del consumo español.

En casi todos los países europeos ya existe esta prohibición, y es un gran avance en la lucha contra el tabaquismo, que, no lo olvidemos, prima sobre las razones económicas, por lo que aunque para muchos resulte inoportuna, no nos queda otra que adaptarnos a esta Ley Antitabaco y pensar que va a ser por el bien de todos. Siempre quedarán las terrazas.

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This post was written by zanalyst on December 21, 2009

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Multas y sanciones por LOPD, Ley Orgánica de Protección de Datos

La Ley Orgánica de Proteccion de Datos (15/1999 del 13 de diciembre) busca garantizar y proteger los derechos fundamentales de las personas físicas, especialmente su honor, intimidad y privacidad personal y familiar, a través sobre todo de la regulación del tratamiento de datos y ficheros de caracter personal.

Órganos competentes

En España el órgano de control oficial es la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos), si bien existen otros organos competentes de caracter autónomico en algunas comunidades como Cataluña, País Vasco y Madrid.

Sanciones o multas

España tiene hoy en día las sanciones más elevadas de la UE:

- Sanciones leves: de 601,01 a 60.101,21 euros.

- Sanciones graves: de 60.101,21 a 300.506,05 euros.

- Sanciones muy graves: de 300.000.506,05 a 601.012,10.

En 2008 se impusieron 535 sanciones por un importe total de 22,6 millones de euros (el 75% fueron sanciones graves), y en 2009 se espera que el número de multas se vea claramente incrementado.

A modo de curiosidad, las empresas más multadas en 2009 son:

- France Telecom España, S.A. con 33 sanciones que ascienden a 1,75 millones de euros.

- Telefónica móviles España, S.A. con 20 sanciones que ascienden a 1,28 millones de euros.

- Cableuropa, S.A.U. con 9 sanciones que ascienden a 7,8 millones de euros.

La multa más elevada en 2009 en España pertenece a Saberlotodo Internet, S.L. por un importe de 360.607 euros.

Por terminar con la estadística, de las 2.362 denuncias que se produjeron en 2008, 535 culminaron con la imposición de la sanción, por lo que de cada denuncia un 22,5% termina en multa.

A pesar de que el número de denuncias y multas se incrementa muchas empresas siguen sin haberse adecuado a la LOPD, o lo han hecho a medias, o no realizan mantenimiento.

Más información en la web de Samuel Parra.

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This post was written by zanalyst on December 17, 2009

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Ley de medidas de fomento del alquiler

Hoy, 24 de noviembre, se ha publicado en el BOE la Ley de medidas de fomento del alquiler que entrará en vigor el 24 de diciembre. La nueva ley modifica la Ley de arrendamientos urbanos (LAU), la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y la Ley de Propiedad Horizontal.

¿Que modificaciones aporta respecto a la legislación vigente?

- LAU: Cuando el propietario de la vivienda requiera ocuparla para sus familiares de primer grado (hijos, cónyuge y padres), se eliminan los supuestos de prórroga. Este supuesto ha de constar específicamente en el contrato.

- LEC: En el supuesto de falta de pago de rentas se permite reclamar el pago al inquilino al mismo tiempo que demandar el deshaucio. Además se eliminan todos los trámites no sustanciales y se faculta para solicitar el desahucio si existe una reclamación posterior del pago. Esta modificación afecta a todos los procedimientos en curso salvo sentencia en firme.

- Ley de Propiedad Horizontal: Se reducen los requisitos de acuerdo en la Junta de Propietarios para aprobar la instalación de sistemas destinados a la eficiencia y aprovechamiento energético.

Hoy en día solo un 11% de los españoles se decanta por el alquiler frente a la compraventa. La nueva ley introduce mejoras que si bien no suponen un cambio radical pueden tener un efecto positivo, si los propietarios pierden un poco el miedo podemos encontrarnos con una bajada de los precios que anime a incrementar el porcentaje de alquileres frente a compra y a equipararnos con el resto de Europa.

Más información en el BOE.

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This post was written by zanalyst on November 25, 2009

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Aprobado el anteproyecto de ley para que los autónomos cobren el paro

El Gobierno ha aprobardo el anteproyecto de ley que permitirá a los autónomos cobrar la prestación por cese de actividad, equivalente a la prestación por desempleo del régimen general.

Aquellos autónomos que puedan justificar el cese involuntario de su actividad, pérdida del 40% del negocio, podrán cobrar entre 2 y 6 meses de paro (9 si son mayores de 60 años) por un importe de entre 583€ y 1.383€. Los trabajadores por cuenta propia han criticado la duración calificándola de insuficiente, pero se trata de un avance sin duda para proteger a un colectivo, ya que se estima que más de 500.000 autónomos cumplen con las condiciones actualmente y pronto alcanzarán el millón.

Es requisito así mismo haber cotizado durante al menos 12 meses por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y la cuantía del subsidio durante todo el periodo será del 70% de la base por la que se cotizaba los 12 meses anteriores al cierre involuntario del negocio.

Es cierto que es por el momento insuficiente, como indica la ATA (Asociación de Trabajadores Autónomos), UPTA, OPA o UGT que las diferencias con el régimen general, que concede hasta 24 meses de paro, son desproporcionadas. También es cierto que perder un 40% del negocio puede ser correcto para según que sectores, dependiendo de los márgenes, pero en la gran mayoría una pérdida de facturación inferior debería ser suficiente para poder acceder a la prestación.

En cualquier caso, y a pesar de las críticas se trata como hemos apuntado de un paso adelante para los autónomos.

Más información en COPE.

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This post was written by zanalyst on November 22, 2009

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Ley de Servicios de Pago, recargo sobre las compras con tarjeta

El 26 de Octubre se ha aprobado la Ley de Servicios de Pago en el Congreso de los Diputados. Esta medida aspira a adaptar el marco legislativo español a la legislación europea sobre sistemas de pago.

Uno de los aspectos más importantes de la nueva ley es que los comerciantes podrán establecer un recargo sobre las compras con tarjetas, se estima que el recargo medio se encontrará alrededor de un 0,9%. El recargo será voluntario y no obligatorio, de hecho ante la reacción de los consumidores los comerciantes han afirmado que no pretenden establecer recargos sobre las compras con tarjeta.

En cualquier caso la nueva ley va más allá del recargo, los objetivos son agilizar y ofrecer mayor seguridad en las transferencias transfronterizas, que incluso se pretender limitar a un único día. Así mismo se pretende conseguir que con una única cuenta corriente se pueda trabajar en cualquier estado de la Unión Europea.

A pesar del impacto en los medios, no parece que los consumidores vayan a sufrir las consecuencias de la nueva medida vía recargo, dada la situación actual y dada la alternativa a las tarjetas vía metalico. Lo que si que parece probable es que quienes se mueven con frecuencia por la Unión Europea puedan verse beneficiados, y que el resto de los ciudadanos prácticamente no perciban cambio alguno.

Más allá del sensacionalismo de los medios parece que la nueva ley tiene bastante más de positivo que de negativo, los costes financieros de las tarjetas y los TPVs llevan existiendo unos cuantos años y los comerciantes ya los deberían haber tenido en cuenta desde hace tiempo para calcular el precio final de sus productos.

Más información en ejecutivos.

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Gran Escala, aprobada la ley de centros de ocio de alta capacidad

Las Cortes de Aragón han aprobado la Ley de Centros de Ocio de Alta Capacidad, lo que permitirá la instalación en Ontiñena (Huesca) de Gran Scala, la segunda mayor oferta mundial de casinos del mundo.

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Gran Scala es un macroproyecto de ILD (International Leisure Development) para desarrollar un gran complejo de ocio en el desierto de “Los Monegros”. El proyecto cuenta con una inversión prevista de 17.000 millones de euros y contará con 32 casinos, 70 hoteles, 5 parques temáticos, museos, campos de golf, centros comerciales, un hipódromo, una plaza de toros…se espera que por todo ello acudan al complejo más de 25 millones de turistas al año a partir de 2015, cuando el complejo se encuentre en pleno funcionamiento, generando más de 3.000 empleos.

Una jugada de alto riesgo tanto para los promotores que tendrán que presentar avales por 6 millones de euros, como especialmente para el gobierno de Aragón, cuyos beneficios de salir bien la jugada son más que evidentes, pero también parece evidente que para poner en marcha el proyecto va a hacer falta una macroinversión que de salir mal puede llevarse por delante a cualquiera.

Esperemos que les salga bien la jugada ya que puede suponer una revitalización del turismo muy importante para España, y una inyección económica para la zona sin precedentes. Las obras comenzarán en breve y se espera que para 2011 se pueda acceder a las primeras instalaciones, así que “hagan sus apuestas”.

Más información en ILD y elEconomista.

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Real Decreto para regular las prestaciones de la Seguridad Social por maternidad, paternidad y riesgos durante el embarazo y la lactancia

El Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros regula e integra todas las modificaciones y novedades tanto de la Ley para la igualdad efectiva de Mujeres y hombres de 2007 como de las novedades en materia de paternidad y maternidad de la Ley de Presupuestos Generales para 2009. Los puntos más relevantes son la protección por maternidad, la prestación por paternidad y los riesgos de los periodos de embarazo y lactancia.

Protección por maternidad

- Se aumenta la duración de la prestación en 14 días naturales para los casos de familia numerosa, monoparental, parto múltiple, y para cuando la madre o el hijo tengan un grado de discapacidad superior o igual al 65%.

- El Real Decreto regula la prestación de riesgo durante el embarazo como contingencia profesional, elimina el requisito de cotización previa e incrementa hasta el 100% de la base reguladora.

Prestación por paternidad

Permiso paralelo al de maternidad con una duración de 13 días, que se amplía a 20 días cuando el nacimiento, adopción o acogimiento se produzca en una familia numerosa o en una familia con una persona discapacitada, en cuyo caso el permiso se incrementaría en otros 2 días.

Riesgos de embarazo y lactancia natural

Prioridad para cambiar de puesto de trabajo cuando la actividad desarrollada suponga un riesgo para el embarazo o la lactancia.

Decrechos efectivos

En este Real Decreto se contempla además:

- Las personas que ejerzan la tutela de un familiar que no pueda adoptar, de acuerdo con la legislación civil, podrán disfrutar de las prestaciones por maternidad o paternidad. 

- Autónomos y autónomas pueden percibir las prestaciones de maternidad y paternidad en regimen parcial, compatibilizándolo con la realización de la actividad de forma parcial.

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