Impuesto de Sociedades 2010

No todas las novedadades que ha traido la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado para 2010 implican incrementos en la tributación, el Impuesto de Sociedades una de las excepciones.

agencia-tributaria.gif 

El Impuesto de Sociedades de 2010 a presentar en el 2011 presentará como principal novedad la reducción en un 5% del tipo impositivo para las empresas que cumplan una serie de requisitos:

- Ser Pequeña Y Mediana Empresa o empresa de reducida dimensión.

- Tener un volumen de negocio inferior a cinco millones de euros.

- No reducir (ampliar o conservar) en 2010 la plantilla de la empresa respecto a 2009.

- Tener menos de 25 trabajadores en plantilla.

- Para empresas constituidas en 2009, 2010 y 2011 la plantilla media debe ser superior a la unidad y superior o igual a la plantilla media de los 12 meses anteriores al primer periodo impositivo que comienza el 1 de enero de 2009.

Si se cumpliesen los 5 requisitos los tramos del Impuesto de Sociedades según base imponible quedarían como sigue:

- Base imponible de 0 a 120.202,41 euros: 20%

- Base imponible a partir de 120.202,41 euros: 25%

Las novedades solo afectan por tanto a pymes y empresas de reducida dimensión, que además pueden seguir contando con las ventajas fiscales de las que disponían hasta el momento. Por lo que aunque no tendremos que presentar el impuesto hasta 2011 ya podemos empezar a planificarlo.

Más información en Impuesto de Sociedades.

Posted under Fiscal/Legal

This post was written by zanalyst on February 3, 2010

Tags: , , , , , , , , , ,

Nuevos tipos de IVA

El IVA o Impuesto sobre el Valor Añadido es uno de los impuestos que sufren modificaciones (subidas) con la reforma fiscal. En principio las modificaciones tendrán aplicación a partir de junio de 2010, aunque diversas entidades, especialmente las relacionadas con la hostelería están solicitando que se aplace la implantación hasta después del verano por el impacto negativo que podría tener sobre el turismo.

agencia-tributaria.gif

Nuevos tipos de IVA:

Se mantienen los 3 tipos en función de la importancia o la necesidad del bien o servicio.

- Tipo general, pasa del 16% al 18% y aplica a la mayoría de los productos y servicios, como ropa, mobiliario, electrodomésticos, servicios de consultoría, de externalización, etc.

- Tipo reducido, pasa del 7% al 8% y aplica a los alimentos no incluidos en el tipo superreducido, transporte de viajeros, hostelería, viviendas, dentistas, etc.

- Tipo superreducido, se mantiene sin cambios en el 4% y aplica a bienes y servicios de primera necesidad como fruta, verduras, huevos, pan, leche, medicamentos, VPOs, etc.

La subida de los tipos de IVA ha sido muy criticada, ya que no solo perjudica al sector turístico, que lo que realmente vendría a reclamar es algo tan razonable como que no comiencen a aplicar la subida justo en vísperas del momento del año en el que más negocio se genera, si no que sectores seriamente dañados por la crisis como la vivienda nueva, los autónomos y por supuesto los consumidores, por citar algunos, van a tener la situación un poco más cuesta arriba si cabe.

Posted under Fiscal/Legal

This post was written by zanalyst on January 27, 2010

Tags: , , , , , , , , , , , , ,

Calculadora Diesel-Gasolina, ahorra con tu elección

Si cuando queramos comprar un vehículo dudamos entre un diesel o un gasolina y queremos evaluarlo en términos de ahorro tendremos que atender a una serie de factores:

- Precio del vehículo: Realmente nos interesa el sobrecoste de comprar un diesel frente a un gasolina, en caso de comprarlo financiado habrá que incluir los intereses de la financiación.

- Consumo del vehículo: Los litros de combustible consumido cada 100 km. En este punto combiene aclarar que los consumos homologados de un diesel se ajustan más a la realidad que los de un gasolina por temas de eficiencia.

- Precio del combustible: Lo que nos interesa es la diferencia entre el litro de gasolina y de diesel.

- Precio del seguro: Igualmente nos interesa la diferencia de coste entre el seguro para diesel o gasolina.

- Impuesto de circulación y revisiones anuales: Más caras en diesel que en gasolina.

- Kilométros que hagamos con el coche al año.

Con todos estos datos podremos saber en cuantos años podríamos amortizar la diferencia entre comprarnos un coche diesel frente a un gasolina y si nos saldría rentable, el cálculo sería muy sencillo ya que si dividimos el sobrecoste total entre el ahorro por año obtendríamos el número de años en que lo amortizaríamos.

- El sobrecoste sería la diferencia de precio del coche más la diferencia de precio del seguro más el mayor gasto por revisión anual, impuestos de circulación, etc.

- El ahorro anual sería el resultado de multiplicar el ahorro por litro por el consumo a los 100 km por el kilometraje que hagamos al año dividido entre 100.

Si nos hemos atascado en algún punto del cálculo podemos utilizar una calculadora.

Posted under Economía Doméstica

This post was written by zanalyst on January 14, 2010

Tags: , , , , , , , , , , , , , ,

Programa de retenciones IPRF 2010

La Agencia Tributaria ha publicado el programa de ayuda para el cáculo de las retenciones por IRPF para el 2010. Se trata de una vesión de prueba que irá actualizándose con las correcciones necesarias, por lo que aunque podemos ir haciéndonos una idea de como quedará nuestro impuesto sobre la renta tendremos que estar al tanto.

agencia-tributaria.gif

Una de las principales novedades será la eliminación de la polémica deducción de los 400 euros con la correspondiente subida en los tipos de retención mensuales de los contribuyentes. Por lo demás pocas novedades, se mantienen las aplicadas en 2009.

El software de ayuda requiere de una máquina virtual Java con la versión 1.6 de JRE de Sun. Se pueden descargar versiones para Windows, Linux, Mac OS X y otros sistemas operativos como Windows 98 y Milenium, disponiendo en todas ellas de verificador de integridad.

Para calcular el porcentaje de retención se deberán introducir de forma muy similiar a anteriores ediciones los datos personales, datos del contrato laboral y datos tanto de los ingresos brutos como de los gastos deducibles.

Muy útil tanto para quien quiera realizar una simple comprobación en su propia nómina o planificar sus ingresos netos a lo largo del año como para quienes tengan que confeccionarlas, como las gestorías o los trabajadores de los departamentos de RRHH.

Enlaces a la versión 1.1 de las descargas de la Agencia Tributaria (se irán actualizando) donde además se incluye el Módulo de cálculo de Retenciones 2010.

Posted under Fiscal/Legal

This post was written by zanalyst on January 9, 2010

Tags: , , , , , , , , , , ,

Pasos para constituir una sociedad

Los pasos que cualquier empresario debe seguir para constituir una sociedad son los siguientes:

1. Reservar un nombre en el Registro Mercantil

En el registro mercantil o a través de su página web (www.rmc.es) hay que rellenar un formulario donde se pueden solicitar hasta 3 nombres, es conveniente solicitar los 3 y ponerlos por orden de preferencia. Al solicitar los nombres hay que tener en cuenta 2 cosas:

- Términos genéricos: Cualquiera de estos términos no suponen una diferenciación en el nombre solicitado, por lo que si solicitamos un nombre y no está disponible, agregar uno de estos términos seguirá sin estar disponible. Ver listado.

- Costes: La solicitud de denominación social tiene una tasa de 14 euros, por lo que conviene asegurarse de que los nombres no están ocupados, puede consultarse online o en el propio registro con un coste adicional símbólico.

2. Obtención del CIF provisional

Una vez tengamos la denominación social podemos ir a la Agencia Tributaria a solicitar el CIF provisional, para ello hay que rellenar el modelo 036 y presentar el acuerdo de socios, en el que se deberá informar de:

- Denominación Social.

- Forma jurídica.

- Domicilio Social.

- Objeto.

- Fecha de cierre del ejercicio.

- Cifra de capital prevista.

- Plazo previsto de vida de la entidad.

- Fecha de inicio de adquisición de bienes o servicios para la actividad empresarial.

- Registro público en el que debe inscribirse la entidad.

- Identificación de los socios fundadores (NIF, domicilio fiscal y porcentaje de participación).

- Identificación de los administradores.

3. Aportación del capital social.

Los socios deben ingresar en una cuenta bancaria que deberá abrirse para tal propósito (de sociedad en constitución) el dinero correspondiente a su participación. El banco facilitará un certificado de ingreso del capital social que se deberá de presentar más adelante.

4. Firma de escrituras ante notario.

Con todo lo anterior ya se pueden firmar las escrituras, que recogerán la información presentada en el acuerdo de socios, los estatutos o leyes internas por las que se regirá la compañía. Viene a tener un coste de unos 300 euros.

5. Pago del Impuesto sobre operaciones societarias.

Deberemos presentarnos con una copia autorizada de la escritura de constitución y una copia simple en la oficina liquidadora de nuestro domicilio para liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la modalidad de Operaciones Societarias. Tiene un coste del 1% del capital social.

6. Inscripción en el Registro Mercantil y publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

A partir de este paso se adquiere la personalidad jurídica. Con la escritura y la carta de pago del impuesto de operaciones societarias nos presentamos en el Registro Mercantil. Tiene un coste de unos 200 euros en función del número de páginas que haya que elevar a público.

7. Alta en obligaciones censales.

Volveremos a rellenar el modelo 036 en la Agencia Tributaria, nos daremos de alta en el IAE, informaremos del régimen de IVA y solicitaremos el CIF definitivo.

Más información en ApuntesGestion.

Posted under Emprendedores

Tasa de basuras en madrid

Una nueva y nada popular medida recaudatoria, en este caso para los madrileños, que se comenzará a pagar este año, la tasa de basuras. Un impuesto que los vecinos pagarán en función del valor de la vivienda y las empresas también lo harán según los residuos que generen.

ayuntamiento-de-madrid.jpg

La media a pagar por vivienda será de 60 euros al año, la cuantía máxima será de 190 euros al año y afectará a un 5,21% de los contribuyentes. La cuota se podrá reducir en un 5% se se opta por el fraccionamiento, por el que se paga el 65% antes del 30 de junio y el resto antes del 30 de noviembre.

Existen exenciones en función del nivel adquisitivo de los contribuyentes (ya existen 10.000 solicitudes), se deben de solicitar antes del 30 de abril y tendrán validez por 3 ejercicios. Así mismo estarán libres de pago las empresas con un sistema de recogida propio autorizado por la Comunidad de Madrid.

Quienes tengan dificultades para hacer frente al pago y puedan justificarlo podrán aplazar o fraccionar los pagos de la tasa sin necesidad de aportar garantías, aunque supondrá un recargo de los intereses de demora que actualmente se encuentran en el 5%.

A partir de 2010 se girarán los recibos entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre, aunque en 2009 las notificaciones se recibirán en la primera quincena del mes o en la segunda, y se dispondrá de plazo hasta el 20 del mes siguiente o hasta el 5 del mes posterior para realizar el pago.

Más información en Munimadrid, donde además facilitan un simulador para calcular la cuota a pagar por la Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos (TRU).

Posted under Fiscal/Legal

This post was written by zanalyst on November 9, 2009

Tags: , , , , , , , , , , , ,

Impuesto de Sociedades 2008, programa de ayuda de la AEAT para descargar

Ya está disponible en la página web de la AEAT el software de ayuda para realizar el Impuesto de Sociedades del 2008, se puede descargar en las versiones para Windows, Linux y Mac.

impuesto-sociedades-2008.jpg

La Agencia Tributaria pone a nuestra disposición en su web un apartado específico en el que aclara e informa sobre todo lo relacionado con la normativa vigente, principales novedades e incluye un manual del Impuesto de Sociedades 2008. Un apartado muy completo y necesario dado que se trata de la primera aplicación del Nuevo Plan General Contable.

La presentación de las declaraciones con la nueva normativa del Impuesto de Sociedades comenzará a partir del 1 de julio de 2009, y es muy recomendable ponerse con ello cuanto antes ya que la confección del modelo 200 difiere mucho de los ejercicios anteriores y aunque la web de la AEAT ha tardado más de lo habitual en ofrecer su software, los plazos para su presentación son los mismos de siempre.

Novedades hay muchas, empezando por el nuevo PGC y normativa, pero en cuanto a los detalles técnicos del software hay que destacar que solo permite exportar e importar ficheros generados por el propio software de la AEAT, anteriormente si que permitía exportar e importar ficheros generados con otro programa.

Más información en la Agencia Tributaria.

Posted under Fiscal/Legal

Reducción del 20% del impuesto matriculación

Quienes se compren un coche en Madrid, tanto madrileños como visitantes, podrán descontarse desde el 3 de junio hasta el 20% del impuesto de matriculación de su nuevo vehículo, eso si, en principio las ayudas solo permanecerán vigentes hasta el 31 de julio.

comunidad-madrid-2.jpg

¿Como conseguir el formulario?

- Los propios concesionarios ofrecerán los formularios de desgravación y los tramitarán.

- Pueden solicitarse en la Dirección General de Industria, en la calle Cardenal Marcelo Espínola 14.

- Pueden descargarse en la web www.madrid.org.

¿A cuanto asciende la ayuda?

La ayuda o reducción puede llegar a alcanzar los 1.500 euros para coches (se alcanzaría en un coche de 40.000 euros) y 900 para motos de gran cilindrada.

A esta ayuda se pueden añadir los 500 euros de ayuda estatal y los 1.000 de ayuda de los fabricantes establecidas por el Plan2000E, así como descuentos adicionales de la industria automovilística, pero no los 500 euros de ayuda autonómica del Plan 2000E, a la que la Comunidad de Madrid decidió no adherirse.

Gran jugada de la Comunidad de Madrid por varias razones:

- Con esta medida los concesionarios no tienen que adelantar el dinero de las ayudas públicas como en el plan2000E.

- El plazo de vigencia es inferior por lo que la respuesta debería ser más inmediata.

- Se pueden alcanzar ayudas muy superiores, de hasta 1.500 euros frente a los 500 que percibiría un comprador de su Comunidad Autónoma en el Plan2000E.

Opinión

Aún hay que ver que efecto tiene la iniciativa madrileña pero a priori parece que ha dejado en evidencia al Plan2000E y a las Comunidades Autónomas que se han adherido, si los próximos 2 meses evolucionan según la lógica no solo se deberían vender más coches en la Comunidad de Madrid, sino que el número de compradores de vehículos madrileños venidos de otras Comunidades debería hablar por si solo.

Posted under Ayudas/Subvenciones