La Garantía de Alquiler es un impreso oficial del Plan Nacional de Alquiler Garantizado (PNAG) de La Corte de Arbitraje que se adjunta a los contratos de arrendamiento. Garantiza que en los conflictos que puedan surgir entre inquilino y propietario se resuelvan con eficacia y agilidad, recortando sustancialmente los plazos y los costes así como reportando una serie de beneficios a los implicados en el contrato de alquiler.
Además de tener caracter retroactivo tiene reconocimiento nacional e internacional y sirve entre otras cosas para reducir los plazos del desahucio. Con el compromiso de calidad del PNAG cada caso se enjuicia en un plazo máximo de 30 días, desde el inicio hasta que se dicta sentencia, a partir del primer día de retraso La Corte de Arbitraje asume las cantidades reclamadas.
La comparación entre un proceso estandar a través de la Justicia Ordinaria y otro a través de la Garantía de Alquiler hablan por si solas:
- Duración: Los plazos se reducen de más de 8 meses a 30 días.
- Costes: Pasan de unos 1.500 euros a 58 al no requerir de abogado, ni procurador ni de provisión de fondos.
- Juzgados: Por la justicia ordinaria se atienden todo tipo de materias mientras que por la garantía de alquiler se tramita a través de tribunales especializados en arrendamientos.
- Eficacia: Con la garantía de alquiler las resoluciones son equivalentes a sentencias en firme mientras que con la justicia ordinaria pueden recurrirse.
- Confidencialidad: Se pasa de un proceso público a uno confidencial.
- Comodidad: Se elimina la necesidad de desplazamientos tramitándose por escrito.
Más información en Garantía de Alquiler.
Posted under Mercado Inmobiliario
This post was written by zanalyst on October 31, 2009
