Ampliación del Plan 2000E a 2010

Hoy se ha presentado el nuevo Plan 2000E, en la que es su segunda ampliación se ha ampliado a 2010 con una dotación de 100 millones de euros, que cuando se agote dará por finalizado el plan de ayudas. Las condiciones para acceder serán muy parecidas a las de 2009 pero, según palabras del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián, con algunas mejoras.

La distribución de las ayudas, sin variación respecto a la edición anterior, será la siguiente:

- 500€ a cuenta del Estado.

- 500€ a cargo de las Comunidades Autónomas.

- 1.000€ asumidos por la compañía automovilística (sin perjuicio de descuentos adicionales por parte de estas).

Las novedades que presenta el nuevo Plan 2000E respecto a la edición anterior son la puesta en marcha de la garantía de disponibilidad y la posibilidad de pasar a 2010 las operaciones de compra venta realizadas en 2009.

Por lo demás, las condiciones para poder acceder al plan:

- Precio del vehículo inferior a 30.000€.

- Antigüedad del automóvil superior o igual a 10 años.

- A partir de 250.000 kilómetros de uso.

Las ayudas del Plan Integral de Automoción se mantendrán en 2010 con dotaciones de 250 millones de euros y 1.000 millones de euros en avales, relacionados con el desarrollo e implantación de coches eléctricos. El Plan MotoE, con resultados algo más discretos en 2009 se encuentra en proceso de evaluación por parte de la Administración.

Según el ministro, el Plan de ayudas ha servido de punto de inflexión al mercado automovilístico español, pasando de caídas del 50% a incrementos de la demanda del 40%

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This post was written by zanalyst on December 29, 2009

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FOGASA, Fondo de Garantía Salarial

FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) es un organismo adscrito al Ministerio de Trabajo cuya finalidad es garantizar el cobro de las indemnizaciones de los trabajadores así como sus salarios pendientes cuando las empresas no pueden hacer frente a los mismos por caer en la insolvencia. Siempre es interesante conocer su funcionamiento y de paso los recursos de los que disponemos, pero mucho más hoy en día tal y como están las cosas.

Para poder ser beneficiario del FOGASA hay que ser titular de créditos por salarios e indemnizaciones y estar incluido en uno de los siguientes apartados:

- Trabajadores por cuenta ajena vinculados por relación laboral ordinaria.

- Deportistas profesionales vinculados a los mismos en virtud de relación laboral de caracter especial.

- Trabajadores cuya actividad sea la de intervención en operaciones mercantiles sin asumir el riesgo de aquellas.

- Trabajadores vinculados por cualquiera de las relaciones laborales de caracter especial a que se refieren el artículo del Estatuto de los trabajadores.

La percepción máxima de la que podrán disfrutar los beneficiarios será el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) por los días que se haya dejado de percibir el sueldo con un máximo de 120 días. En caso de despido la indemnización que puede asumir el FOGASA será de 25 días por año trabajado hasta un máximo de 365 días.

Debido al momento de crisis que estamos viviendo conviene aclarar que en empresas de menos de 25 trabajadores, cuando existan razones productivas o simplemente se despida de forma colectiva, se abonará el 40% de la indemnización a la que los empleados tuviesen legalmente derecho por parte del FOGASA.

Más información en FOGASA o en el artículo 33.1 del Estatuto de los Trabajadores.

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This post was written by zanalyst on December 27, 2009

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La CNMV sobre la Cuarta emisión de pagarés de Nueva Rumasa

Una vez más la CNMV advierte sobre la que ya es la cuarta emisión de pagarés de Nueva Rumasa. En esta ocasión se ofrecen unas rentabilidades del 10% con un vencimiento a 2 años, el objetivo es financiar un “importantísimo” grupo de alimentación y la posibilidad de adquirirlos solo estará vigente durante 3 meses.

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Aunque no lo especifica, según las noticias de las últimas semanas todo parece indicar que quieren la financiación (entre 60 y 70 millones de euros) para comprar SOS.

Las CNMV advierte en esta ocasión de que:

- El emisor real de estos pagarés no es Nueva Rumasa (como se presenta en los anuncios publicitarios), sino José María Ruiz-Mateos S.A.

- Las garantíasSe publicita la garantía solidaria de DHUL y CLESA pero, lo primero no se detalla como se se han constituido válidamente o no, lo segundo se desconoce si son de caracter personal (responden con su patrimonio) o real (existirían bienes afectados).

- No consta que la emisión haya sido inscrita en el Registro Mercantil, por lo que no hay conocimiento de que haya sido objeto de revisión o calificación.

Lo que es incomprensible es que sigan advirtiendo en lugar de exigir que se cumplan los requisitos necesarios para garantizar la máxima seguridad posible de los inversores. Ya van 4 emisiones, por lo que esperemos que el acierto inversor de Ruiz Mateos sea el mejor posible, porque para conseguir un 10% tal y como están las cosas va a necesitar algo más que suerte.

Más información en  Estrategias de Inversión.

Posted under Inversiones alternativas

This post was written by zanalyst on December 25, 2009

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Garantía de alquiler

La Garantía de Alquiler es un impreso oficial del Plan Nacional de Alquiler Garantizado (PNAG) de La Corte de Arbitraje que se adjunta a los contratos de arrendamiento. Garantiza que en los conflictos que puedan surgir entre inquilino y propietario se resuelvan con eficacia y agilidad, recortando sustancialmente los plazos y los costes así como reportando una serie de beneficios a los implicados en el contrato de alquiler.

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Además de tener caracter retroactivo tiene reconocimiento nacional e internacional y sirve entre otras cosas para reducir los plazos del desahucio. Con el compromiso de calidad del PNAG cada caso se enjuicia en un plazo máximo de 30 días, desde el inicio hasta que se dicta sentencia, a partir del primer día de retraso La Corte de Arbitraje asume las cantidades reclamadas.

La comparación entre un proceso estandar a través de la Justicia Ordinaria y otro a través de la Garantía de Alquiler hablan por si solas:

- Duración: Los plazos se reducen de más de 8 meses a 30 días.

- Costes: Pasan de unos 1.500 euros a 58 al no requerir de abogado, ni procurador ni de provisión de fondos.

- Juzgados: Por la justicia ordinaria se atienden todo tipo de materias mientras que por la garantía de alquiler se tramita a través de tribunales especializados en arrendamientos.

- Eficacia: Con la garantía de alquiler las resoluciones son equivalentes a sentencias en firme mientras que con la justicia ordinaria pueden recurrirse.

- Confidencialidad: Se pasa de un proceso público a uno confidencial.

- Comodidad: Se elimina la necesidad de desplazamientos tramitándose por escrito.

Más información en Garantía de Alquiler.

Posted under Mercado Inmobiliario

Hipoteca azul de Banesto

La Hipoteca Azul de banesto es hoy por hoy una de las referencias en el mercado hipotecario, existen ofertas a un tipo de interés menor, pero la claridad de las condiciones y el resto de beneficios a los que puede optar quien quiera financiar la compra de una casa o vivienda hacen que sea un producto a tener en cuenta.

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El interés que se aplica es del Euribor Hipotecario +0,74% (TAE 2,02%), exige como en la gran mayoría de las hipotecas la domiciliación de la nómina y 2 recibos contratando adicionalmente un seguro Multiriesgo del Hogar con Santander Seguros y Reaseguros.

En cuanto al resto de características:

- Importe: mínimo de 60.000 euros y máximo del 80% del valor de tasación o precio de compra venta de la vivienda sujeta a financiación incluyendo los garajes y los trasteros hasta un máximo de 1.000.000€.

- Plazo: 35 años.

- Amortización: Cuotas mensuales constantes calculadas mediante el sistema de amortización francés.

- Garantía: Vivienda habitual, garaje y trastero o primera hipoteca.

- Sin comisiones ni compensaciones por desestimiento total ni parcial.

Para quienes decidan cambiar su hipoteca y traerla a Banesto

El interés aplicable pasa a ser de un Euribor Hipotecario + 0,38% (1,65% TAE) y en cuanto al resto de condiciones las que difieren de la Hipoteca Azul son:

- Importe: El capital pendiente no puede ser superior al 70% del valor de la vivienda, siendo el importe mínimo a subrogar de 60.000 euros.

- Plazo: Máximo de 30 años para hipotecas anteriores a Enero de 2006.

- Comisión de cancelación anticipada: La misma que en la hipoteca actual.

- Comisión de amortización parcial: La misma que en la hipoteca actual.

- Comisión por cambio de condiciones o garantía: 0,50%

Más información en Banesto.

Posted under Hipoteca Subrogación, Hipoteca Tipo Variable

This post was written by zanalyst on October 21, 2009

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