Indemnizaciones a los clubes por perder canteranos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció el 16 de febrero de 2010 que los clubes de fútbol europeos tienen derecho a reclamar una compensación si sus canteranos o jóvenes promesas firman su primer contrato profesional con otro equipo.

Las indemnizaciones tendrán su razón de ser y su estimación económica en los gastos en los que los clubes que hayan formado a las promesas hayan tenido que incurrir para formarles como futuros jugadores profesionales.

El detonante de la sentencia ha sido Olivier Bernard, canterano del Olympique de Lyon que rechazó firmar un contrato profesional con el club que le había formado para fichar por el Newcasttle UFC inglés.

La sentencia es sin duda un estímulo para alentar la contratación y formación de jóvenes jugadores. La cantera es un gasto para los clubes que la cuidan y existen infinidad de casos de canteranos que han pasado unos cuantos años bajo la tutela de un club y se han marchado a la primera de cambio. Lo que habrá que ver es como repercute en los jugadores cuando llega el momento de firmar un contrato profesional, ya que también existen infinidad de casos de jugadores que cuando llega el momento de abandonar el juvenil tienen contratos ridículos o los clubes tienen planes para ellos fácilmente mejorables, como cesiones a equipos de inferior categoría.

La sentencia reconoce así mismo que supone una restricción a la libre circulación de trabajadores, pero en este caso como en la sentencia Bosman, la importancia social que reviste el fútbol dentro de la Unión Europea ha primado.

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Tripartita, cursos gratis subvencionados para empresas y trabajadores

Todas las empresas tienen derecho a formar a sus trabajadores de forma gratuita a través de subvenciones. Gracias a las cuotas ingresadas a la Seguridad Social en concepto de formación profesional durante el ejercicio anterior se pueden contratar cursos a través de la Fundación Tripartita a coste cero. 

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Procedimiento

Las empresas han de contratar los servicios del centro de formación asumiendo los costes en ese momento, pero una vez terminadas las acciones formativas todos los gastos asumidos con anterioridad se deducen de las cantidades a ingresar a la Seguridad Social, por lo que el coste final de la formación es cero. Solo hay que adelantarlo entre uno y dos meses.

¿Que tipo de cursos hay?

 El centro de formación ofrece cursos de las siguientes áreas:

- Contabilidad y finanzas.

- Impuestos.

- Recursos Humanos.

- Ofimática y software de gestión.

- Riesgos Laborales y otros.

Aunque se pueden contratar cursos de distinta índole a través de empresas homologadas por la Fundación Tripartita.

Cálculo de la subvención

Se definirá según los importes ingresados en concepto de formación profesional durante el año anterior y el número de trabajadores. Cualquier empresa dispondrá de un mínimo de 420 euros por este concepto.

Requisitos de la subvención

- Disponer de un certificado digital de empresa. Se puede solicitar en la Agencia Tributaria, Correos en la Cámara de Comercio.

- Se deberá comunicar a los representantes legales de los trabajadores.

- Comunicar el inicio del curso a la Fundación Tripartita con una antelación de 7 días.

- El alumno deberá finalizar la acción formativa.

- Se deberá estar al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social.

Más información en Tripartita.

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This post was written by zanalyst on January 12, 2010

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Tipos de Contrato de trabajo

Las principales modalidades de contratos laborales son las siguientes:

1. Contrato Indefinido

Se presumen como indefinidos por exclusión de las demás modalidades. De hecho se adquiere la condición de trabajador fijo indefinido, independientemente de la modalidad de contratación, aquellos a los que no se haya dado de alta en la Seguridad Social una vez hubiese transcurrido un plazo igual al que legalmente se hubiera podido fijar para el periodo de prueba, salvo prueba en contra por la temporalidad demostrada de la actividad. Asimismo, se considerarán trabajadores fijos indefinidos aquellos que habiendo sido contratados mediante la modalidad de contrato temporal hubiesen trabajado para la empresa más de 24 meses de un periodo de 30 meses.

Modelos: Código 100 y 150 (tiempo completo) o 200 y 250 (tiempo parcial).

2. Contrato en grupo

Se contratan un conjunto de trabajadores conjuntamente, por lo que el empresario goza de derechos y obligaciones frente a cada uno de los trabajadores. En caso de que el contrato se firme con el conjunto de los trabajadores, estos serán representados po el jefe de grupo.

3. Contrato a domicilio

Para trabajadores que puedan desarrollar su trabajo desde su domicilio o en otro lugar que elijan.

4. Contrato por Obra o Servicio

Contrato para realizar un servicio con autonomía o sustantividad propias. La duración se vincula a la finalización de los trabajos de la obra o servicio objeto del contrato. Este tipo de contratación deriva en indefinida si:

- No queda formalizada por escrito.

- El trabajador no ha sido dado de alta en la Seguridad Social pasado el periodo de prueba.

- Se ha celebrado en fraude de ley.

- El contrato finaliza sin denuncia y se continúa prestando servicios.

Por otra parte estos contratos poseen una indemnización de 8 días por año trabajado a su finalización y en duraciones superiores al año deberá existir un preaviso de 15 días mínimo.

modelo: Código 401 (tiempo completo) y 501 (tiempo parcial).

5. Contrato eventual por circunstancias de producción

El objeto de esta modalidad es atender a incrementos puntuales de la actividad aún tratándose de la actividad normal de la empresa. Deberán formalizarse por escrito si la duración es superior o igual a 4 semanas.

La duración máxima es de 6 meses, permite una prorroga y la duración total no podrá superar los 9 meses. Asimismo existe una indemnización de 8 días por año trabajado en el momento de la finalización.

Modelo: Código 402 (tiempo completo) y 502 (tiempo parcial).

6. Contrato de Interinidad

Contrato para sustituir a otro trabajador que tenga el contrato en suspenso con derecho a reserva de su puesto o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo. La duración se limita a la reincorporación del trabajador sustituido.

Modelo: Código 410 (tiempo completo) y 510 (tiempo parcial).

7. Contrato Fijo-Discontinuo

Para cubrir trabajos fijos de la actividad normal de la empresa que no se repiten en distintos momentos.

Modelo: Código 300 (no bonificado) y 350 (bonificado).

8. Contrato en Prácticas

Ver información en el siguiente enlace.

9. Contrato para la formación

Para trabajadores de entre 16 y 21 años. Un 15% de la jornada máxima debe destinarse a formación teórica. La duración debe ser de entre 6 meses y 2 años, y la retribución nunca inferior al SMI.

Modelo: Código 421.

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Los desempleados sin prestación desde enero también tendrán derecho a la ayuda

Inicialmente el Gobierno fijo la ayuda de los 420 euros en accesible para quienes habían dejado de percibir la prestación por desempleo a partir del 1 de agosto, lo que levantó una justificada polémica ya que ya había muchos parados que habían dejado de percibir ayudas con anterioridad.

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El Gobierno ha respondido a las críticas y peticiones, a partir del 5 de noviembre podrán adherirse a esta ayuda quienes dejasen de percibir prestaciones desde el 1 de enero. Gran noticia para quienes peor lo estaban pasando a estas alturas de la crisis.

Los requisitos para acceder a esta ampliación del paro son, eso sí, comprometerse a realizar los cursos de formación que brinda el Servicio Público de Empleo, ya que la finalidad de esta prestación es que estos desempleados encuentren trabajo cuanto antes. Así mismo es requisito que los ingresos de la unidad familiar no deben superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

El Gobierno también ha eliminado la condición de que la tasa del paro no debe de ser inferior al 17% para la vigencia de las prórrogas, por lo que rectifica otro de los puntos más conflictivos.

Menos mal que hace poco se aprobó que las oficinas del INEM abriesen por las tardes, al menos las más demandadas, ya que desde luego trabajo no les va a faltar. Lo que no está tan claro es de donde va a sacar nuestro gobierno el dinero para hacer frente a tanto gasto público ¿Debemos esperar nuevas subidas de impuestos?

Más información en Cinco Días.

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This post was written by zanalyst on October 9, 2009

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Morfeo, formación y certificación gratuitas en tecnologías libres

Dentro del marco del Plan Avanza, nace el proyecto “Morfeo Formación”: Formación y Certificación en Tecnologías libres, un programa orientado a formar en las TIC (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones) asociadas a la aplicación del software libre en las empresas privadas y públicas.

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Los objetivos del proyecto son:

- Crear un programa educativo con una formación metódica y de calidad en tecnologías libres con el mayor número de alumnos de empresas o estudiantes de ultimos cursos de formación en TIC posible.

- Diseñar un modelo de evaluación que permita analizar el grado de aprendizaje de los alumnos.

- Desarrollar un modelo de certificación que permita avalar las competencias adquiridas por los alumnos y sea reconocida a nivel nacional.

- Crear una red formativa que permita continuar formando y actualizando contenidos independientemente del proyecto.

Los cursos de formación son gratuitos y los alumnos formados contarán con la opción de obtener una certificación en Tecnologías Libres acreditada por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Fondo Social Europeo.

Para darse de alta en los cursos actualmente disponibles, se debe hacer a través de la página http://www.morfeo-formacion.org, donde se podrá acceder a los siguientes cursos:

- Introducción al Software Libre.

- Gestión de proyectos de Software Libre.

- Morfeo EzWeb.

- MyMobileWeb.

- Formación para Formadores.

- Certificación para Formadores.

- Molinux 4.2 Toboso.

- Migración del Software Libre.

Más información en Proyecto Formación Morfeo.

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This post was written by zanalyst on July 27, 2009

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Tarjeta profesional de la construcción

La Tarjeta Profesional de la Construcción es un requisito con aplicación a partir de 2012 para los trabajadores del sector construcción que avala la formación del trabajador en materia de prevención de riesgos laborales, la experiencia en el sector, la cualificación personal y la formación recibida.

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La Tarjeta Profesional de la Construcción tendrá una validez de 5 años y será necesaria para poder trabajar en una obra a partir del 1 de enero de 2012, actualmente existe un gran número de trabajadores que lo desconocen y que por tanto no han comenzado los trámites necesarios para conseguirla. Es responsabilidad tanto de los empresarios como de los trabajadores que se tomen las medidas necesarias para conseguir la formación, sacrificando parte de las jornadas laborales, como ya han comenzado a hacer algunas empresas.

Requisitos para obtener la TPC y donde solicitarla

Se ha de realizar, al menos, una de las acciones formativas en materia de PRL detalladas aquí, o de haber recibido algún tipo de formación equivalente se ha de validar o acreditar en los puntos de tramitación. Para cualquier tipo de duda o solicitar la TPC también se puede hacer online o llamando al teléfono gratuito 900 11 21 21.

Por otra parte, las entidades que ofrezcan formación relacionada y quieran homogarla deben seguir el siguiente procedimiento.

Más información de la Tarjeta Profesional de la Construcción y Fundación Laboral de la Construcción.

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CCOO a través de FOREM ofrece teleformación gratuita para autónomos

FOREM, la Fundación del CCOO Formación y Empleo Miguel Escalera presenta una oferta formativa gratuita en la modalidad de teleformación dirigida a trabajadores autónomos.

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Cursos

La oferta formativa ofrece cursos de entre 30 y 75 horas, abarcando áreas profesionales como administración y gestión, informática, comunicaciones y artes gráficas, seguridad y mantenimiento y seguridad y medio ambiente.

Requisitos

- Hace falta presentar la documentación que acredite estar al corriente de los pagos con la seguridad social del régimen de autónomos en el mes en el que se inicie el programa formativo (fotocopia del recibo y del NIF).

 - Disponer de lo indispensable, como un ordenador, cuenta de correo electrónico, conexión a internet…

- Las plazas disponibles se asignarán por orden de llegada, aunque en el caso de que las plazas solicitadas superen las ofertadas FOREM se reserva el derecho a utilizar otros criterios.

- Los participantes se han de comprometer a realizar el curso en su totalidad.

Una opción muy interesante y acertada para los autónomos, ya que asistir a un curso presencial puede resultar complicado, y la modalidad de teleformación ofrece todas las ventajas derivadas de las flexibilidad sin caer en la autoformación, ya que incluye atención tutorial y seguimiento a los alumnos.

Los cursos, duración, plazos y demás detalles pueden seguirse a través de este enlace, se echan en falta más áreas de formación, mayor número de cursos y cursos de mayor profundidad, pero desde luego la oferta actual puede resultar interesante a casi cualquier trabajador o autónomo que es de lo que se trata.

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This post was written by zanalyst on March 14, 2009

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Cursos gratuitos UGT 2009

En los últimos días UGT ha presentado y abierto el plazo de inscripción para los cursos de 2009 integrados en el Plan Confederal de Formación Intersectorial 2009.

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Los cursos son muy variados en cuanto a formato, los hay desde 5 a 600 horas, y pueden ser presenciales, semipresenciales u online. Respecto a convocatorias anteriores desaparece la distinción entre trabajadores en activo y demandantes de empleo, por lo que es de suponer que la demanda sea mayor y las plazas no tarden mucho en agotarse.

Destinados a:

- Trabajadores en activo, dados de alta en la Seguridad Social.

- Desempleados inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo, quienes podrán solicitar becas y/o ayudas de transporte, manutención, alojamiento y conciliación.

- Destinada al sector privado, participación máxima del 10% de empleados públicos.

Áreas Formativas

- Prevención de riesgos laborales y medio ambiente.

- Orientación profesional.

- Tecnologías de la información y comunicación.

- Idiomas

- Formación asociada a Formación Profesional y Universidad.

- Servicios socioculturales y a la comunidad.

- Innovación y Desarrollo organizacional.

- Cualificaciones y Negociación Colectiva.

- Empresa.

- Gestión de Recursos Humanos y habilidades sociales.

- Gestión de la formación para el empleo.

- Area forestal y medioambiente.

- Correos.

- Representación legal de los trabajadores. 

Como se puede observar la oferta de áreas formativas es amplísima y en detalle mucho más (para ver el detalle completo de los programas de formación con toda la información sobre la solicitud, cuantía, requisitos y documentación necesaria, ver el siguiente enlace), aunque las plazas son limitadas, por lo que quien esté interesado en alguno de los más de 300 cursos tendrá que darse prisa.

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Ayudas para el autoempleo de la Comunidad de madrid

La Comunidad de Madrid dispone de un programa muy interesante por el que facilita a través de ayudas la constitución de desempleados en trabajadores autónomos o por cuenta propia.

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Subvenciones

a) Subvención por establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia: Exige una inversión mínima de 5.000 euros en inmovilizado que se justificará mediante facturas correspondientes a los 6 meses posteriores al alta en Hacienda, que serán reintegradas en un plazo máximo de un año, los importes maximos a solicitar son los siguientes:

- Desempleados en general: 5.000 euros.

- Menores de 30 años: 6.000 euros.

- Mujeres desempleadas: 7.000 euros.

- Discapacitados: 8.000 euros

- Mujeres con discapacidad: 10.000 euros.

b) Subvención financiera: El objetivo de esta subvención es reducir la carga financiera de los préstamos destinados a poner en marcha la empresa. En teoría deberían ser 3 o 4 puntos inferiores a los intereses por los que se podría conseguir un préstamo en una entidad de crédito, en ningún caso superior al IRPH y fijo el primer año. Los límites de cuantía son los mismos que en el apartado anterior dependiendo del colectivo, un 75% deberá destinarse a la adquisición de inmobilizado y hasta un 25% a la financiación del circulante.

c) Subvención para asistencia técnica: Esta subvención financia hasta el 75% del coste de los servicios externos necesarios para mejorar el desarrollo de la actividad empresarial hasta un máximo de 2.000 euros. Se incluyen estudios de viabilidad, organización, comercialización…

d) Subvenciones para formación: Esta subvención financia hasta el 75% del coste de los cursos recibidos hasta un máximo de 3.000 euros. Quedan incluidos los cursos de formación relacionados con la dirección y la gestión, nuevas tecnologías y comunicación.

¿Quien puede solicitar estas subvenciones?

Las subvenciones van dirigidas a desempleados que se constituyan en autónomos o que constituyan una Sociedad Civil o Comunidad de Bienes.

¿Cuando se solicitan?

Desde 3 meses antes de darse de alta en cualquiera de las formas posibles hasta 6 meses después. No es necesario ser demandante de empleo para solicitarlas.

¿Donde se solicita?

En el Servicio Regional de Empleo en Vía Lusitania 21, para pedir cita se puede llamar por teléfono al 915805400/54 o en la Consejería de Empleo y Mujer en la calle Santa Hortensia 30.

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