Deducción IRPF por maternidad

Tanto el Gobierno como las Comunidades Autónomas conceden ayudas por maternidad. La suma de ambas es bastante inferior a las ayudas que se conceden en el resto de los países de la Unión Europea, y no debería ser determinante a la hora de decidir tener un hijo el importe de los beneficios fiscales, pero vista la tasa de natalidad española y las perspectivas de la seguridad social, nunca estaría de más que el Gobierno incentivase en la medida de lo posible los nacimientos.

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 El Gobierno Central ayuda fiscalmente a través de dos deducciones en el IRPF:

- Hijos menores de 3 años: Hasta 1.200 euros al año por cada hijo menor de tres años. El importe se acercará más a 1.200 euros en la medida en la que se cumpla durante más meses con el requisito. Esta deducción se puede aplicar en la declaración de la renta, aunque también se puede solicitar de forma anticipada o mediante transferencias mensuales de 100 euros al mes por hijo menor de tres años rellenando el modelo 140.

- Hijo nacido o adoptado: Con el requisito de que sea en terrirorio español, la ayuda es de 2.500 euros por cada hijo. El modelo a rellenar para solicitar la ayuda también es el 140.

Las Comunidades Autónomas por otra parte también disponen de ayudas independientes, aunque distintas en función de la Comunidad. En Madrid por ejemplo el cheque bebe supone una ayuda de 200 euros adicionales sobre los 2.500 estatales.

Más información en la web de la Agencia Tributaria.

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This post was written by zanalyst on March 14, 2010

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Programa de retenciones IPRF 2010

La Agencia Tributaria ha publicado el programa de ayuda para el cáculo de las retenciones por IRPF para el 2010. Se trata de una vesión de prueba que irá actualizándose con las correcciones necesarias, por lo que aunque podemos ir haciéndonos una idea de como quedará nuestro impuesto sobre la renta tendremos que estar al tanto.

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Una de las principales novedades será la eliminación de la polémica deducción de los 400 euros con la correspondiente subida en los tipos de retención mensuales de los contribuyentes. Por lo demás pocas novedades, se mantienen las aplicadas en 2009.

El software de ayuda requiere de una máquina virtual Java con la versión 1.6 de JRE de Sun. Se pueden descargar versiones para Windows, Linux, Mac OS X y otros sistemas operativos como Windows 98 y Milenium, disponiendo en todas ellas de verificador de integridad.

Para calcular el porcentaje de retención se deberán introducir de forma muy similiar a anteriores ediciones los datos personales, datos del contrato laboral y datos tanto de los ingresos brutos como de los gastos deducibles.

Muy útil tanto para quien quiera realizar una simple comprobación en su propia nómina o planificar sus ingresos netos a lo largo del año como para quienes tengan que confeccionarlas, como las gestorías o los trabajadores de los departamentos de RRHH.

Enlaces a la versión 1.1 de las descargas de la Agencia Tributaria (se irán actualizando) donde además se incluye el Módulo de cálculo de Retenciones 2010.

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This post was written by zanalyst on January 9, 2010

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Deducción por rehabilitación o reforma de la vivienda habitual

Cuando nos encontramos ante la necesidad de reformar la vivienda habitual hemos de saber que existen deducciones por rehabilitación que han de cumplir una serie de requisitos, ya que no todos los gastos de reforma se pueden desgravar.

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Requisitos

La Agencia Tributaria solo acepta como gastos por reformas fiscalmente deducibles aquellos cuyo fin sea hacer la vivienda habitable.

Las obras han de ser calificadas como actuación protegida en materia de rehabilitación según lo establecido en el Real Decreto 1/2002 del 11 de enero.

Han de tener por objeto la reconstrucción de la vivienda habitual mediante la consolidación o tratamiento de estructuras, fachadas o cubiertas cuando el coste total de las obras exceda del 25% del precio de adquisición (cuando la compraventa se hubiese realizado en los 2 ejercicios anteriores) o del valor de mercado (cuando la adquisición se hubiese realizado con anterioridad).

Cuando las obras vayan encaminadas a adecuar la vivienda a personas con discapacidad la deducción es del 20% según lo establecido en la ley 35, 2006 del 28 de noviembre.

La normativa aprobada por el gobierno el 27 de noviembre de 2009 nos trae las siguientes novedades:

IVA reducido

Se podrá aplicar a las obras de rehabilitación, también a las de fontanería (ahorro de agua), instalación de paneles de energía solar (eficiencia energética) o instalación de rampas o ascensores.

IRPF

- Se amplia el concepto, contemplándose no solo la reforma estructural sino también la funcional.

- Nueva deducción del 10% para obras realizadas antes del 31/12/2012 con un límite de 3.000 euros anuales. Aplicándose los mismos tramos que para la compra de vivienda habitual.

Más información en elPais.

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Deducción por inversión en vivienda habitual

El gobierno planea eliminar las deducciones de vivienda habitual a partir de 2011 para las rentas superiores a 24.000 euros, ¿Como quedan entontes las deducciones por vivienda habitual y en que consisten?

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¿Que es la vivienda habitual?

La vivienda habitual es la edificación destinada a la residencia del contribuyente, debiendo ser ocupada en un plazo máximo de un año desde la adquisición y durante al menos 3 años con una serie de excepciones:

- Boda.

- Separación Matrimonial.

- Traslado laboral.

- Obtención del primer empleo.

- Cambio de empleo.

- Inadecuación en caso de minusvalía.

- Fallecimiento del contribuyente.

Modalidades de deducción

- Adquisición o rehabilitación de vivienda habitual.

- Construcción o ampliación de vivienda habitual.

- Inversión en Cuenta Vivienda.

- Obras o instalación de adecuación a personas con discapacidad

¿Que conceptos se pueden incluir en las deducciones?

Hasta 9.015 euros anuales por declaración menos cuando sea para adaptar la vivienda a las necesidades de una persona discapacitada, en cuyo caso ascendería a 12.020 euros anuales:

- Los ingresos realizados en una cuenta vivienda.

- Los pagos al vendedor, constructor o promotor.

- Los gastos e impuestos asociados a la escritura de compraventa.

- Gastos por construcción, ampliación o rehabilitación.

- Los gastos (recibos y escritura) del préstamo.

- Las primas de seguros exigidos por el banco con el que se contrata la hipoteca.

- Las ayudas públicas asociadas a la adquisición de la vivienda.

Cuantía de las deducciones

El 15% sobre la base de declaración es la deduccion general, pero existen excepciones:

- Viviendas adquiridas antes del 20/01/2006 tienen un 5% adicional sobre los primeros 4.500 euros invertidos.

- Viviendas adquiridas en Cataluña tienen un 1,5% si se cumple al menos una de las siguientes:

  * Tener menos de 31 años a 31/12/2008 y siendo la base imponible inferior a 30.000 euros.

  * Haber estado en situación de desempleo al menos 183 días del ejercicio.

  * Minusvalía superior o igual al 65%.

  * Unidad familiar de un hijo o más durante 2008.

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Subidas de impuestos, el IVA y las rentas de capital

El gobierno va a introducir modificaciones impositivas más que polémicas para reducir el déficit público, que puede superar el 10% a finales de año. El objetivo es recaudar entre 10.000 y 15.000 millones de euros a través del IVA y las rentas de capital.

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Alcanzar los objetivos de recaudación se plantea complicado, pero aún peor que no alcanzarlos son los efectos secundarios de las nuevas medidas. En general subir los impuestos tras un gran esfuerzo de gasto público es contradictorio cuando aún no se presentan evidencias reales de recuperación, pero cada una de las medidas puede implicar consecuencias negativas adicionales.

Las Rentas de Capital

Hasta ahora tributaban al 18%, pero tras las modificaciones, los 6.000 primeros euros tributarán al 19% y siguientes al 21%.

Lo que supuestamente se presenta como una subida discriminatoria de impuestos para los ricos, es una invitación para que quienes puedan saquen su dinero del país o para que quienes no puedan traten de no declararlo.

El IVA

A partir de julio de 2010 el IVA general aumentará del 16% al 18% y el IVA reducido del 7% al 8%, el superreducido no sufrirá modificaciones.

Extraña medida y posiblemente la más polémica, extraña porque produce el efecto contrario al buscado con el incremento del gasto público, reactivar el consumo, afecta a la gente de a pié, a las empresas, que aunque compensen repercutido con soportado verán como su cifra de ventas disminuyen, y a toda la economía.

Los 400 euros de Zapatero

Se elimina la deducción, no supondrá una subida de impuestos en el sentido más estricto ni tendrá un caracter recaudatorio, pero será una medida de ahorro para el gobierno que repercutirá directamente a los contribuyentes.

Se diga lo que se diga jugar con promesas electorales estrella como esta resta aún más credibilidad a un gobierno que inspira cualquier cosa menos confianza.

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This post was written by zanalyst on September 27, 2009

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El IRPF no se actualiza al IPC y estamos pagando de más

Al final de cada ejercicio las empresas incrementan los salarios de los trabajadores automáticamente al IPC con el objetivo de que no pierdan poder adquisitivo, pero si el IRPF no se actualiza de igual modo los contribuyentes pasan a tributar a un tipo superior en la tarifa del IRPF, lo mismo ocurre con las deducciones que pierden poder real de desgravación si no se actualizan.

Un estudio realizado para la Fundación de Cajas de Ahorro (Funcas) analiza la falta de actualización del IRPF desde que comenzara a gobernar el PSOE. Desde 2004 los contribuyentes han tributado en concepto de IRPF casi 7.000 millones de más, lo que ha supuesto una subida fiscal individual de 355 euros.

Lo que ha llevado a esta situación es que la actualización del IRPF sea limitada, afectando únicamente a la tarifa (y parcialmente) y a los mínimos exentos del Impuesto. Además esa actualización se realiza aplicando el objetivo de inflación del BCE (el 2%) en lugar de con el IPC real o esperado, que ha sido del 3% en 2004, 3,4% en 2005, 3,5 % en 2006, 2,8% en 2007 o 4,1% en 2008.

Parece ridículo que las empresas independientemente de su tamaño actualicen los salarios al IPC y el Gobierno no actualice las bases y si las tarifas al objetivo de inflación del BCE, y lo peor de todo es que las previsiones son que el gobierno aplique incrementos impositivos debido a la menor recaudación debido a la crisis, después de haber hecho de la bajada de la presión fiscal una de sus banderas.

Más información en Expansión.

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This post was written by zanalyst on August 15, 2009

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Cuenta Ahorro Empresa

El funcionamiento de las Cuentas Ahorro Empresa es muy similar al de las Cuentas Ahorro Vivienda, aunque en este caso gozan de una deducción del 15% las cantidades que se destinen a la creación de una sociedad (SNE).

La deducción del 15% se aplica sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) con un límite de 9.000 euros anuales durante un máximo de 4 años. La inversion sujeta a deducción se ha de destinar a la constitución o gastos de primer establecimiento de la nueva empresa, aceptándose igualmente la inversión en adquisición de activos (inmovilizado material e inmaterial) para la empresa o gastos de personal.

Los requisitos para poder disfrutar de la Cuenta Ahorro Empresa son:

- Una única cuenta por contribuyente, en dicha cuenta deberá figurar como Socio Fundador.

- Contar con un local para el desarrollo de la actividad.

- Contar con al menos un trabajador con contrato y a jornada completa en un plazo máximo de un año desde la constitución.

- No tener como objeto social la gestión de patrimonios mobiliarios o inmobiliarios.

- Mantener la actividad durante al menos los 2 años siguientes al inicio de la actividad.

Como comentábamos su funcionamiento es practicamente idéntico al de la Cuenta Vivienda solo que, regulada por el Real Decreto-Ley 2/2003, de 25 de abril, de medidas de reforma económica, se trata de una opción mucho menos conocida.

Más información en la web de la Agencia Tributaria.

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