Simulador de la declaración de la renta

Llega el momento de empezar a pensar en como quedará nuestra declaración de la renta de 2009, aunque ya pasó el tiempo para hacer los “deberes”, si no hemos tenido un buen asesoramiento ni hemos planificado bien nuestros números en 2009 ya disponemos de los medios necesarios para saber el resultado aproximado de nuestra declaración.

La Agencia Tributaria aún no ha puesto a disposición de los contribuyentes el programa padre para 2010, pero si queremos ir adelantándonos a la declaración de este año una buena opción es utilizar el simulador de la renta que la Agencia Tributaria pone a nuestra disposición a través de la web.

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A partir del 3 de abril podremos solicitar nuestro borrador de la renta para confirmarlo si procede, por lo que para entonces ya deberíamos poder disponer de la nueva versión del programa padre, pero como cada año llega con más retraso podemos anticiparnos con el simulador.

Los datos facilitados por el simulador deberían ser los mismos que los obtenidos a través del programa padre, si bien los cálculos resultantes no son vinculantes para la Agencia Tributaria. Los resultados no son definitivos pero siempre es útil como orientación para saber si la Renta 2009 nos saldrá a pagar o a devolver.

Enlace al simulador de la Agencia Tributaria.

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This post was written by zanalyst on March 11, 2010

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Declaración de la Renta individual vs conjunta

La Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de elegir declarar la renta de forma individual o conjunta a matrimonios y parejas de hecho. No existe una formula mejor o peor sino que depende de las circunstancias de la pareja.

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Tributar de forma individual implica la separación de todas las rentas (trabajo, actividades económicas, etc) y patrimonio, por lo que la primera declaración optando por esta vía puede implicar unas cuantas horas de preparación.

Los puntos más típicos sobre los que suelen aparecer dudas son:

- Hipoteca: Es uno de los ejemplos más claros en los que interesa tributar de forma individual ya que de esta forma cada contribuyente tiene derecho a una deducción de 9.015 euros, mientras que tributando de forma conjunta los 9.015 euros son en total, es decir, 4.507 euros cada uno.

- Cuentas corrientes, depósitos y cuentas de valores: Tributando de forma individual cada uno tributaría por las que estuviesen a su nombre más por el 50% de las que estuviesen a nombre de los dos. Tributando de forma conjunta todo iría al 50%.

- Pérdidas patrimoniales y minusvalías: En este caso interesa presentar la declaración de forma conjunta ya que se permite compensar con las bases liquidables generales negativas.

- Seguros y planes de pensiones: Algo parecido a las cuentas corrientes, cada contribuyente tributaría por los que fuera beneficiario en el caso de tributación individual y al 50% de forma conjunta.

Como norma general la declaración conjunta del IRPF suele ser más interesante cuando uno de los cónyuges o de los miembros de la pareja no supera el mínimo personal.

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This post was written by zanalyst on February 9, 2010

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