Ventajas y desventajas de ser autónomo

Los trabajadores autónomos o empresarios individuales son aquellos que realizan de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, independientemente de si se es titular o no de una empresa y del tipo de empresa del que se trate.

Tipos de autónomos

- Autónomo individual o profesional autónomo: realiza su actividad principal directa y personalmente de forma independiente. Se englobarían en este tipo los fontaneros, taxistas, electricistas, etc.

- Empresario autónomo o autónomo con trabajadores: Además de participar directa y activamente en la actividad el autónomo se encarga de dirigir una organización productiva.

- Trabajador autónomo dependiente: Realiza su actividad para un número reducido de clientes. Por su dedicación, horarios o retribución su trabajo tiene el caracter de dependiente.

Los tres tipos de autónomos se deben inscribir igualmente en el RETA.

Ventajas

- No se adquiere personalidad jurídica sino física, por lo que los trámites se reducen bastante y los costes (notario, registros, etc) también.

- No exige un capital mínimo como los 3.000 de la Sociedad Limitada o los 60.000 de la Sociedad Anónima.

- Las obligaciones fiscales son más simples que para cualquier tipo de sociedad.

Inconvenientes

- Las deudas y obligaciones del negocio se asumen con los bienes personales, y en caso de estar casado en régimen de gananciales también con los del cónyuge.

- El beneficio obtenido tributa por Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), por lo que puede llegarse a tributar por un tipo más elevado del que tocaría por Impuesto de Sociedades.

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This post was written by zanalyst on March 2, 2010

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Declaración de la Renta individual vs conjunta

La Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de elegir declarar la renta de forma individual o conjunta a matrimonios y parejas de hecho. No existe una formula mejor o peor sino que depende de las circunstancias de la pareja.

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Tributar de forma individual implica la separación de todas las rentas (trabajo, actividades económicas, etc) y patrimonio, por lo que la primera declaración optando por esta vía puede implicar unas cuantas horas de preparación.

Los puntos más típicos sobre los que suelen aparecer dudas son:

- Hipoteca: Es uno de los ejemplos más claros en los que interesa tributar de forma individual ya que de esta forma cada contribuyente tiene derecho a una deducción de 9.015 euros, mientras que tributando de forma conjunta los 9.015 euros son en total, es decir, 4.507 euros cada uno.

- Cuentas corrientes, depósitos y cuentas de valores: Tributando de forma individual cada uno tributaría por las que estuviesen a su nombre más por el 50% de las que estuviesen a nombre de los dos. Tributando de forma conjunta todo iría al 50%.

- Pérdidas patrimoniales y minusvalías: En este caso interesa presentar la declaración de forma conjunta ya que se permite compensar con las bases liquidables generales negativas.

- Seguros y planes de pensiones: Algo parecido a las cuentas corrientes, cada contribuyente tributaría por los que fuera beneficiario en el caso de tributación individual y al 50% de forma conjunta.

Como norma general la declaración conjunta del IRPF suele ser más interesante cuando uno de los cónyuges o de los miembros de la pareja no supera el mínimo personal.

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This post was written by zanalyst on February 9, 2010

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Bases de cotización mínimas y máximas autónomos 2010

Las bases mínimas y máximas de cotización del régimen de autónomos se han incrementado ligeramente al igual que lo hicieran las del régimen general.

1. En el régimen de autónomos se pueden fijar las bases mínimas y máximas hasta los 50 años, hasta entonces podrá se podrá elegir una base situada entre:

- Base mínima: 841,80 euros mensuales frente a los 833,40 euros de 2009. en este caso la cuota ascendería a 248 euros al mes para autónomos con incapacidad temporal y 221 euros al mes sin incapacidad temporal.

- Base máxima: 3.198 euros mensuales frente a los 3.166 euros de 2009.

2. Los trabajadores autónomos con 50 años o más sin una antigüedad de más de 5 años en el RETA deberán fijar su base de cotización entre los siguientes límites:

- Base mínima: 907,50 euros.

- Base máxima: 1.665,90 euros.

3. Los trabajadores autónomos que antes de cumplir 50 años hubiesen cotizado a la seguridad social por cualquiera de los régimenes durante 5 o más años tendrán la siguiente operativa dependiendo de la última base de cotización:

- Si la última base de cotización es igual o inferior a 1.649,40 euros mensuales se habrá de cotizar entre 841,80€ y 1.665,90€

- Si la última base de cotización es superior a 1.649,40€ mensuales se habrá de cotizar entre 841.80€ y el importe de la última base incrementado en el aumento en porcentaje de la base máxima de el régimen de autónomos en el último año.

4. Por último si se trata del conyuge del titular del negocio que haya tenido que ponerse al frente del mismo por fallecimiento de éste y darse de alta con 45 o más años, podrá elegir una base comprendida entre 841,80 euros mensuales y 1.665,90 euros mensuales.

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This post was written by zanalyst on January 21, 2010

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¿En régimen de separación de bienes o en gananciales?

Es conveniente conocer las diferencias entre casarse en régimen de gananciales o en régimen de separación de bienes, ya que una cosa es la tradición y la percepción social y otra las ventajas e inconvenientes que pueden suponer uno y otro régimen.

Bienes Gananciales

Como definición los ingresos obtenidos por cualquiera de las dos partes se consideran comunes y serán repartidos al 50% en caso de divorcio. Aunque hay unos cuantos matices a la definición:

- Los bienes que se tuviesen antes del matrimonio o que se obtengan de forma gratuita después de casarse no se consideran bienes comunes y por tanto pertenecen a sus dueños de forma independiente.

- Bienes privativos: solo pertenecen a uno de los cónyuges y no se incluyen en la sociedad de bienes gananciales, son bienes privativos:

  * Las indemnizaciones por daños y perjuicios a uno de los cónyuges.

  * Las ropas y objetos de uso personal de valor no extraordinario.

  * Los bienes utilizados para el desarrollo de una profesión o empleo y hayan sido adquirido por uno solo de los cónyuges.

  * Las herencias.

  * Cantidades que provengan del cobro de créditos privativos.

  * Bienes comprados a plazos antes del matrimonio, salvo el caso de la vivienda familiar.

  * Los bienes que sustituyan un bien privativo.

  * Bienes y derechos patrimoniales inherentes a la persona y que no se puedan transmitir entre personas vivas.

- Se consideran bienes gananciales:

  * Los obtenidos por el trabajo de cualquiera de los dos.

  * Las rentas que generen los bienes gananciales y privativos.

  * Bienes adquiridos a título oneroso a costa del caudal común.

  * Los adquiridos por derecho de retracto de caracter ganancial.

  * Las empresas fundadas durante la vigencia de la sociedad de gananciales por cualquiera de los dos.

- ¿Que gastos debe cubrir el dinero ganancial?

  * La alimentación y educación de los hijos y el sostenimiento de la familia.

  * La adquisición tenencia y disfrute de los bienes comunes.

  * La administración ordinaria de los bienes privativos.

  * El desempeño de la profesión de cada uno de los cónyuges.

- ¿Que pasa con las deudas privativas de uno de los cónyuges?: El derecho de cobro iría primero contra los bienes privativos del deudor y posteriormente contra el 50% de los bienes gananciales, si se embargase el 50% de la sociedad el otro cónyuge podría solicitar la disolución de la sociedad.

- ¿Porque razones puede disolverse la sociedad de bienes gananciales?

  * Por disolución (divorcio, separación o nulidad) del matrimonio.

  * Por sentencia judicial

  * Por acuerdo entre los cónyuges para cambiar a otro régimen económico.

  * Por separación de hecho de más de un año.

  * Por incumplimiento de informar sobre negocios comunes.

  * Si uno de los cónyuges es declarado judicialmente incapaz.

  * Por abandono del hogar o procedimiento de quiebra abierto.

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This post was written by zanalyst on October 26, 2009

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