Constitución rápida de empresas

La Ley de Economía Sostenible ha traido una novedad que afecta a la creación de empresas, la simplificación administrativa, por la que se reducen drásticamente los plazos y los costes que venía a suponer hasta el momento poner en marcha una sociedad con el objetivo de ayudar a las pymes y fomentar la creación de empresas, negocio y empleo.

Reducción de costes y plazos:

- Sociedades de responsabilidad limitada con capitales entre 3.000 y 3.100 euros: Plazo máximo de constitución de un día y coste máximo de 100 euros.

- Sociedades de responsabilidad limitada con capitales entre 3.100 y 30.000 euros: constitución en un máximo de 5 días y a un coste de 250 euros.

- Estas actuaciones no estarán sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD).

Reducción de cargas

- La constitución se podrá realizar telemáticamente.

- Se exime del pago de tasas por publicación.

- Se limitan los costes por aranceles de notario y registrador.

La reducción de costes es una gran noticia, especialmente para empresas que no tengan grandes perspectivas de facturación a largo plazo, que posiblemente anime o por lo menos ayude a quien esté haciendo números y decidiéndose.

La noticia de la reducción de plazos, burocracia y pasos es igualmente positiva, ya que los plazos actuales rondan las 2 semanas pero sobretodo los pasos para constituir una sociedad son bastante pesados.

Más información en el Blog Salmón.

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This post was written by zanalyst on December 6, 2009

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Calendario laboral de Mexico para 2010, días festivos o feriados

El calendario laboral de México para 2010 cuenta con los siguientes días festivos o feriados de descanso obligatorio según el artículo 74 de la Ley Federal de Trabajo:

- El 1 de enero se celebra el día de año nuevo.

- El 6 de enero se festeja el día de Reyes.

- El 5 de febrero se conmemora el día de la constitución, aunque se celebra el primer lunes de febrero.

- El 21 de marzo se recuerda el nacimiento de Benito Juárez, primer presidente mejicano de origen indígena, aunque se celebra el tercer lunes de marzo.

- Jueves Santo y Viernes Santo.

- El 1 de mayo se celebra el día del trabajo.

- El 5 de mayo se conmemora la Batalla de la Puebla.

- El 1 de septiembre el Presidente mexicano presenta el informe presidencial al Congreso.

- El 13 de septiembre es el día de los Niños Héroes.

- El 16 de septiembre se celebra el aniversario de la Independencia de México.

- El 1 de noviembre se festeja el día de Todos los Santos.

- El 2 de noviembre se celebra el día de muertos o los fieles difuntos, distinguido por la UNESCO como Obra Maestra del Patrimonio Oral e Intangible de la Humanidad.

- El 20 de noviembre es el aniversario de la Revolución Mexicana, que se festeja el 3º lunes de noviembre.

- El 12 de diciembre es el día de la Virgen de Guadalupe.

- El 25 de diciembre es el día de Navidad.

Así mismo se considerará festivo el día que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Más información en viaja y descubre.

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Calendario Laboral 2010

Este es el calendario laboral que se prevee se apruebe en los próximos días para el año 2010, en el se tienen en cuenta todos los días festivos nacionales. Bajo el calendario mostraremos los días festivos adicionales que corresponden a cada Comunidad Autónoma.

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Las festividades nacionales son:

- 1 de enero, día de año nuevo.

- 6 de enero, día de la epifanía o reyes.

- 19 de marzo, San José.

- 2 de abril, Viernes Santo.

- 1 de mayo, fiesta del trabajo.

- 15 de agosto, Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre, día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre, día de todos los Santos.

- 6 de diciembre, día de la constitución.

- 8 de diciembre, La Inmaculada Concepción.

- 25 de diciembre, día de Navidad.

Los días adicionales por Comunidades Autónomas son los siguientes:

- Andalucía: 1 de abril, Jueves Santo, 1 de marzo (trasladado del 28 de Febrero) día de Andalucía

- Aragón: 1 de abril, Jueves Santo y 23 de abril, San Jorge.

- Asturias: 1 de abril, Jueves Santo y 8 de septiembre, día de Asturias.

- Baleares: 1 de abril, Jueves Santo y 27 de diciembre, San Esteban (Trasladado del 26)

- País Vasco: 1 de abril Jueves Santo, 5 de abril, Pascua, 25 de juliol, fiesta de Santiago. 

- Canarias: 1 de abril, Jueves Santo y 30 de mayo, día de Canarias.

- Cantabria: 1 de abril, Jueves Santo, 28 de julio, día de las instituciones y 15 de septiembre, Nuestra Señora de la Bien Apariencia.

- Castilla la Mancha: 31 de mayo, día de Castilla la Mancha.

- Castilla y León: 1 de abril, Jueves Santo y 23 de abril, fiesta de Castilla y León.

- Cataluña: 5 de abril, lunes de Pascua o Resurrección, 24 de junio, San Juan, 11 de septiembre, día nacional de Cataluña y 27 de diciembre, San Esteban (Trasladado del 26)

- Extremadura: 1 de abril, jueves santo, y 8 de septiembre, día de Extremadura.

- Galicia: 27 de julio, día de la comunidad.

- La Rioja: 9 de junio, día de la Rioja.

- Madrid: 1 de abril, Jueves Santo y 2 de mayo, día de Comunidad de Madrid.

- Murcia: 1 de abril, Jueves Santo, 9 de junio, día de Murcia.

- Navarra: 1 de abril, Jueves Santo, 5 de abril, Pascua florida o de Resurrección y 3 de diciembre, día de Navarra.

- Comunidad Valenciana: 22 de enero, San Vicente Martir, 4 de abril, Pascua, 12 de abril, San Vicente Ferrer y  9 de octubre, día de la comunidad.

- Ceuta: 1 de abril, jueves santo, 13 de junio, San Antonio, 5 de Agosto, Nuestra Séñora de África y 2 de septiembre, día de la Comunidad.

- Melilla: 1 de abril, Jueves Santo, 9 de abril, día de la Comunidad Autónoma de Melilla, 8 de septiembre, Virgen de la Victoria, y 17 de septiembre, Día de Melilla.

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Cuenta Ahorro Empresa

El funcionamiento de las Cuentas Ahorro Empresa es muy similar al de las Cuentas Ahorro Vivienda, aunque en este caso gozan de una deducción del 15% las cantidades que se destinen a la creación de una sociedad (SNE).

La deducción del 15% se aplica sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) con un límite de 9.000 euros anuales durante un máximo de 4 años. La inversion sujeta a deducción se ha de destinar a la constitución o gastos de primer establecimiento de la nueva empresa, aceptándose igualmente la inversión en adquisición de activos (inmovilizado material e inmaterial) para la empresa o gastos de personal.

Los requisitos para poder disfrutar de la Cuenta Ahorro Empresa son:

- Una única cuenta por contribuyente, en dicha cuenta deberá figurar como Socio Fundador.

- Contar con un local para el desarrollo de la actividad.

- Contar con al menos un trabajador con contrato y a jornada completa en un plazo máximo de un año desde la constitución.

- No tener como objeto social la gestión de patrimonios mobiliarios o inmobiliarios.

- Mantener la actividad durante al menos los 2 años siguientes al inicio de la actividad.

Como comentábamos su funcionamiento es practicamente idéntico al de la Cuenta Vivienda solo que, regulada por el Real Decreto-Ley 2/2003, de 25 de abril, de medidas de reforma económica, se trata de una opción mucho menos conocida.

Más información en la web de la Agencia Tributaria.

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