La prestación por desempleo no es la única ayuda estatal para quienes no tienen trabajo, los grupos sociales más vulnerables quedan protegidos bajo el subsidio por desempleo:
Trabajadores que hayan agotado la prestación por desempleo y tengan responsabilidades familiares
Tendrán derecho a 6 mensualidades prorrogables a 18 por un importe del 80% del IPREM (421,79 euros/mes en 2009).
Trabajadores que hayan agotado la prestación por desempleo, no tengan responsabilidades familiares pero tengan 45 años o más
Tendrán derecho a percibir 6 mensualidades de 421,79 euros/mes en 2009 (equivalente al 80% del IPREM)
Subsidio especial para trabajadores de 45 o más años que hayan agotado una prestación por desempleo de 24 meses
Subsidio adicional al subsidio por desempleo, por el que se tendrá derecho a 6 mensualidades de 421,79 €/mes (un familiar o ninguno a su cargo), 564,14 €/mes (2 familiares a su cargo) y 701,22 €/mes (3 o más familiares a su cargo).
Una vez percibido el subsidio especial se tendrá derecho a obtener el subsidio por desempleo.
Trabajadores que no han cotizado por el periodo mínimo para acceder a una prestación contributiva cuando se produce la situación legal de desempleo
Si se tienen responsabilidades familiares se tendrá derecho a 3, 4 o 5 meses si se han cotizado 3, 4 o 5 meses respectivamente o a 21 meses si se han cotizado 6 o más meses.
Si no se tienen responsabilidades familiares se tendrá derecho a 6 meses si se han cotizado 6 meses o más.
La cuantía de las mensualidades será el 80% del IPREM (421,79 €/mes).
Trabajadores emigrantes retornados
Tendrán derecho a percibir entre 6 y 18 mensualidades de 421,79 €/mes (80% del IPREM)
Liberados de prisión
Lo mismo que los emigrantes retornados, entre 6 y 18 mensualidades de 421,79 €/mes.
Trabajadores que pierdan la condición de pensionistas de incapacidad por mejoría
Al igual que en los 2 últimos casos entre 6 y 18 mensualidades de 421,79 €/mes.
Trabajadores mayores de 52 años
Los mayores de 52 años tendrán derecho a percibir una mensualidad de 421,79 €/mes hasta alcanzar la edad ordinaria para causar derecho a la pensión de jubilación.
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Escrito por zanalyst on March 29, 2009

si nos pegamos el primer mes del subsido sin cobrar ¿lo cobraremos junto con el mes siguiente?
ME GUSTARIA SABER SI VODAFONE SE ACUERDA DE SUS CLIENTES PARADOS AL IGUAL QUE TELEFONICA Y QUE HAY QUE HACER EN EL CASO DE QUE SI, GRACIAS
1. No, las mensualidades no se acumulan.
2. Si, Vodafone tiene una oferta para los desempleados, mira el siguiente artículo: http://www.zfinanzas.es/vodafone-ayuda-gratis-parados/
tengo el subsidio mayor 52 años si no hago la declacion renta 2009,por despiste dejan de pagarme - gracias