El objetivo de esta línea del ICO es el aplazamiento temporal y parcial del 50% de las obligaciones de pago hipotecarias durante 2009 y 2010 con un máximo de 500 euros mensuales para aquellos titulares de una hipoteca sobre la vivienda habitual suscrita antes del 1 de septiembre de 2008 que no se encuentren en situación de mora y que reunan, al menos, una de las siguientes condiciones:
- Trabajadores por cuenta ajena en situación legal de desempleo y con derecho a la prestación por desempleo, debiendo encontrarse en esa situación durante los 3 meses anteriores a la solicitud. La acreditación se realizará mediante el certificado del Servicio Público de Empleo Estatal.
- Trabajadores por cuenta propia que hayan permanecido en situación de cese de la actividad económica durante al menos 3 meses, se acreditará dicha situación con el certificado expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Trabajadores por cuenta propia que acrediten ingresos inferiores a 3 veces el IPREM durante al menos 3 meses. Acreditación mediante certificado de la declaración responsable presentado por el trabajador ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Pensionistas de viudedad por fallecimiento que hayan entrado en esta situación tras haberse concertado el préstamo hipotecario y con fecha posterior al 1 de semptiembre de 2008. La acreditación se realizará mediante el certificado expedido por el correspondiente organismo de la Seguridad Social.
Vigencia
Desde el 1 de enero de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2010, o hasta que se agoten los 6.000 millones de euros dotados para esta línea.
Importes máximos
Prestamos hipotecarios con un importe inicial formalizado inferior a 170.000 euros, existiéndo un límite máximo de financiación por cliente de 12.000 euros.
Amortización, interés y plazos
La amortización comenzará en enero de 2011 y el plazo de amortización podrá ser de 3, 5, 7 o 10 años a un tipo de interés referencia ICO + 0,80%. Existe la opción de amortizar anticipadamente por parte del cliente sin penalización.
Tramitación
Directamente en las oficinas de la correspondiente entidad financiera, por esta moratoria la entidad financiera no podrá exigir garantías al cliente.
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Escrito por zanalyst on January 26, 2009

Mi pareja se encuentra actualmente trabajando por cuenta propia y ha ingresado en cuenta solo 3 nominas del año pasado… Este año vamos a peor y no llegamos a cubrir gastos, como podemos optar a las ayudas a “Trabajadores por cuenta propia que acrediten ingresos inferiores a 3 veces el IPREM durante al menos 3 meses”… que es un “certificado de la declaración responsable”… necesitamos más información para ver si podemos solventar momentaneamente nuestro problemas financieros mientras buscamos otra salida a la crisis que estamos viviendo.
Un saludo
Tere
El certificado de declaración responsable para este caso es una forma de “garantizar” por escrito (por parte del interesado) que los ingresos no exceden del máximo permitido para la ayuda, una especie de “buena fe” presentada por escrito ante la Agencia Tributaria.
Además de esta línea del ICO han salido muchas cosas:
- Lo primero me miraría, aquí en zFinanzas, la sección “ayudas/subvenciones” entera, ya que hay de todo tipo y puede darte ideas.
- Lo segundo miraría la web del ICO (www.ico.es): Hay muchas líneas de financiación, varias para autónomos en las que se puede obtener financiación con plazos muy amplios y a tipos muy bajos o tipos “cero” en algunos casos y hasta llegan a financiar parcialmente el circulante.
- Miraría también las ayudas en las Comunidades Autónomas: Solo conozco las de la Comunidad de Madrid, aunque me consta que son parecidas en otras CCAA, donde se hacen aportaciones a fondo perdido, prestamos a tipo “cero”, financiación del circulante…
- Las entidades financieras también se están “ajustando” a la situación y están algo más abiertas a la negociación de las condiciones e incluso algunas tienen sus propias ayudas.