Hoy, 24 de noviembre, se ha publicado en el BOE la Ley de medidas de fomento del alquiler que entrará en vigor el 24 de diciembre. La nueva ley modifica la Ley de arrendamientos urbanos (LAU), la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y la Ley de Propiedad Horizontal.
¿Que modificaciones aporta respecto a la legislación vigente?
- LAU: Cuando el propietario de la vivienda requiera ocuparla para sus familiares de primer grado (hijos, cónyuge y padres), se eliminan los supuestos de prórroga. Este supuesto ha de constar específicamente en el contrato.
- LEC: En el supuesto de falta de pago de rentas se permite reclamar el pago al inquilino al mismo tiempo que demandar el deshaucio. Además se eliminan todos los trámites no sustanciales y se faculta para solicitar el desahucio si existe una reclamación posterior del pago. Esta modificación afecta a todos los procedimientos en curso salvo sentencia en firme.
- Ley de Propiedad Horizontal: Se reducen los requisitos de acuerdo en la Junta de Propietarios para aprobar la instalación de sistemas destinados a la eficiencia y aprovechamiento energético.
Hoy en día solo un 11% de los españoles se decanta por el alquiler frente a la compraventa. La nueva ley introduce mejoras que si bien no suponen un cambio radical pueden tener un efecto positivo, si los propietarios pierden un poco el miedo podemos encontrarnos con una bajada de los precios que anime a incrementar el porcentaje de alquileres frente a compra y a equipararnos con el resto de Europa.
Más información en el BOE.
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Escrito por zanalyst on November 25, 2009
